Sentencia de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José, 18-03-2022

Fecha18 Marzo 2022
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL
Resolución : 2022-0053
Expediente : 16-000043-0706-PE(6)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL. SECCIÓN PRIMERA, Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las trece horas cinco minutos, del dieciocho de marzo de dos mil veintidós.-
RECURSOS interpuestos en la presente causa seguida contra [Nombre 001]., [...] .; por el delito de TENTATIVA DE HOMICIDIO, en perjuicio de [Nombre 002] Y OTRO. Intervienen en la decisión del recurso, el juez E.A.G., así como la cojueza T.L.M. y la cojueza M.C.P.. Se apersonaron en esta sede la licenciada Eliana Rojas Berrocal, representante del Ministerio Público y como defensora pública del joven encartado, la licenciada Y.F.F..
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número 21-2022, de las dieciséis horas cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de enero de dos mil veintidós, el Juzgado Penal Juvenil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, S.S.C., resolvió: " POR TANTO: De conformidad con lo expuesto, artículos 39 y 41 de la Constitución Política, 8 inciso 1) y 11 de la Convención Americana de los Derechos Humanos, artículo 9 inciso 2 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, artículo 40 de la Convención sobre los Derechos del Niño, Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores (Reglas de Beijing), artículos 1, 30, 31, 45, 76, 111 relacionado con el 24, y 124 del Código Penal, artículos 1, 9, 16, 142, 258, 266, 267, 268, 341, 367,y siguientes del Código Procesal Penal,1 al 26,29, 44, 45, 68, 69, 100 al 109, 121, 122, 124 y 131 de la Ley de Justicia Penal Juvenil, se declara a [Nombre 001]. autor responsable de un delito de LESIONES GRAVES en perjuicio de [Nombre 002], y de un delito de TENTATIVA DE HOMICIDIO en perjuicio de [Nombre 003]; y como tal, se le impone como sanción única y principal el INTERNAMIENTO DIRECTO EN CENTRO ESPECIALIZADO, por el plazo total de TRES AÑOS Y SEIS MESES, a razón de tres años por el delito de tentativa de homicidio, y seis meses por el delito de lesiones graves. Son las costas procesales a cargo del Estado. NOTIFÃ

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