Sentencia de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José, 18-03-2022
Fecha | 18 Marzo 2022 |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José |
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL
Resolución : 2022-0053
Expediente : 16-000043-0706-PE(6)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL. SECCIÓN
PRIMERA, Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las trece horas cinco
minutos, del dieciocho de marzo de dos mil veintidós.-
RECURSOS interpuestos en la presente causa seguida contra
[Nombre 001]., [...]
.; por el
delito de TENTATIVA DE HOMICIDIO, en perjuicio de [Nombre 002] Y OTRO.
Intervienen en la decisión del recurso, el juez E.A.G., asàcomo la cojueza
T.L.M.
y la cojueza M.C.P.. Se apersonaron en esta sede la licenciada Eliana
Rojas Berrocal, representante del Ministerio Público y como defensora pública del joven
encartado, la licenciada Y.F.F..
RESULTANDO:
I.- Que mediante sentencia número 21-2022, de las dieciséis horas cuarenta y cinco minutos
del treinta y uno de enero de dos mil veintidós, el Juzgado Penal Juvenil del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, S.S.C., resolvió: "
POR TANTO: De conformidad con lo
expuesto, artÃÂculos 39 y 41 de la Constitución PolÃÂtica, 8 inciso 1) y 11 de la Convención
Americana de los Derechos Humanos,
artÃÂculo 9 inciso 2 del Pacto Internacional de los
Derechos Civiles y PolÃÂticos, artÃÂculo 40 de la Convención sobre los Derechos del Niño,
Reglas mÃÂnimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores
(Reglas de Beijing), artÃÂculos 1, 30, 31, 45, 76, 111 relacionado con el 24, y 124 del
Código Penal, artÃÂculos 1, 9, 16, 142, 258, 266, 267, 268, 341, 367,y siguientes del
Código Procesal Penal,1 al 26,29, 44, 45, 68, 69, 100 al 109, 121, 122, 124 y 131 de la
Ley de Justicia Penal Juvenil, se declara a [Nombre 001]. autor responsable de un delito
de LESIONES GRAVES en perjuicio de [Nombre 002], y de un delito de TENTATIVA
DE HOMICIDIO en perjuicio de [Nombre 003]; y como tal, se le impone como sanción
única y principal el INTERNAMIENTO DIRECTO EN CENTRO ESPECIALIZADO,
por el plazo total
de TRES AÑOS Y SEIS MESES, a razón de tres años por el delito de tentativa de
homicidio, y seis meses por el delito de lesiones graves. Son las costas procesales a cargo
del Estado. NOTIFÃ
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