Sentencia de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José, 09-03-2022

EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil II Circuito Judicial de San José
Fecha09 Marzo 2022
ACTA DE AUDIENCIA- RESOLUCIÓN ORAL - N°2022-0049
17-000004-1305-PJ (2)
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL JUVENIL, Segundo Circuito Judicial de San José. G., al ser las nueve horas, del nueve de marzo de dos mil veintidós.-
Se inicia formalmente la audiencia al ser las nueve horas veintitrés minutos, por coordinación de traslado del joven encartado al área de enlace por medio de TEAMS dentro del Centro Especializado O.V.P.. En este proceso penal, la Defensa Pública ha interpuesto recurso de apelación contra la resolución del Juzgado Penal Juvenil de Corredores y Golfito, de las catorce horas cuarenta y dos minutos, del once de febrero de dos mil veintidós en la cual se ordenó por el plazo de un mes la detención provisional del joven encartado en esta causa. Para conocer el fondo de esta impugnación se convocó a las partes a una audiencia oral Siendo la hora y fecha señalada para llevar a cabo la audiencia, se constituyó enlazados por TEAMS, el Tribunal debidamente integrado por el juez R.S.B., quien preside, así como el cojuez E.A.G. y el cojuez J.A.C.M.. Se contó con la presencia del licenciado L.B.E., defensor público del joven encartado; el joven encartado enlazado desde el Centro Especializado O.V.P. y la licenciada G.M.S., representante del Ministerio Público.De previo, el Juez de Apelación R.S.B. que preside constata la presencia de las partes, señala su integración explica el contenido y dinámica de la audiencia. Asimismo le informa a la persona menor de edad sobre sus derechos. Del recurso de apelación presentado se le concede la palabra al máster L.B.E., de seguido procede a exponer sus argumentos de interés, solicita se declare con lugar el recurso de apelación interpuesto y se ordene la inmediata libertad de su representado. Se le traslada la palabra al representante del Ministerio Público, la licenciada G.M.S., para que se refiera al recurso de apelación presentado, de seguido procede brevemente a exponer sus argumentos de interés, solicita se declare sin lugar el recurso de apelación presentado por la Defensa Pública, De igual forma realiza petición con respecto a que se revise la prescripción en la presente causa, así mismo realiza un resumen del conteo de plazo de prescripción. El Tribunal da audiencia a la Defensa Pública con respecto al tema de prescripción y el señor defensor indica que se adhiere a dicha solicitud planteada por parte del Ministerio Público. El Tribunal le indica al imputado su derecho de realizar alguna manifestación o por el contrario abstenerse, y el mismo d hace uso de la palabra e indica que pide que le den la opción de firmar.Se cierra la audiencia al ser las diez horas treinta y cinco minutos y se les indica a las partes que se va a resolver de manera oral en aproximadamente diez minutos.Reanudada la audiencia el Tribunal procede a resolver mediante la RESOLUCIÓN ORAL 2022-0049 de las once horas, del nueve de marzo de dos mil veintidós " POR TANTO: Conforme a lo expuesto, de forma unánime, se declara con lugar la excepción de extinción de la acción penal por prescripción, interpuesta por la licenciada Grace Marín Solís, en virtud e lo cual se dicta sobreseimiento definitivo en favor del joven [Nombre 001]., por dos delitos de robo agravado en concurso material, dos delitos de daños agravados y un delito de tentativa de robo agravado. Así mismo se ordena la inmediata libertad del joven si otra causa no lo impide. Por innecesario se omite pronunciamiento del recurso de apelación interpuesto por la Defensa Técnica del menor acusado en contra de la resolución que ordenó la medida cautelar de detención provisional. NOTIFÍQUESE." . Fundamenta el Juez de Apelación, S.B. de la siguiente manera: "En el fundamento de la misma en razón de ser un sobreseimiento, en la parte relacionada con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR