Sentencia de Tribunal de Apelación de Trabajo del I Circuito Judicial de San José, 15-10-2020

Número de expediente190024101178LA
Fecha15 Octubre 2020
EmisorTribunal de Apelación de Trabajo del I Circuito Judicial de San José
Tipo de procesoAPELACIÓN DE AUTOS
*190024101178LA*
EXPEDIENTE:
190024101178LA
PROCESO:
APELACIÓN DE AUTOS
ACTOR/A:
[Nombre 001]
DEMANDADO/A:
CONDOMINIO CENTRO COMERCIAL INMOBILIARIA LOS ANONOS
SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA N° 1148
TRIBUNAL DE APELACIÓN DE TRABAJO DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, a las diez horas con cincuenta minutos del quince de octubre de dos mil veinte.-

Recurso de apelación incoado por la actora en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San Jos é, Sección Primera, de las siete horas y treinta y siete minutos del veintinueve de junio de dos mil veinte.

Redacta el Juez Elizondo Almeida; y,

CONSIDERANDO.

I.- La actora presenta el 4 de noviembre de 2019, un proceso de consignación de prestaciones, al fallecer su pareja el señor [Nombre 002] . En dicho documento solicita que se deposite la liquidación laboral y se distribuya entre aquellos que tengan derecho (imagen 62 a 64 del pdf del expediente electrónico). Posteriormente, el 23 de junio de 2020 presenta un nuevo escrito solicitando, entre otras cosas, lo siguiente: “(…) 2.- Se ordene a la Operadora de pensiones BCR Pensiones, se sirvan depositar a la cuenta de este proceso judicial los dineros correspondientes al fondo de capitalización laboral y 3.- Se reitera la solicitud de distribución del ROP que le correspondieren al fallecido, con base en la Reforma del Reglamento de Beneficiarios del Régimen de Capitalización Individual (artículo 19 y 20). 4.- Qué con ocasión de esta gestión, se me declare beneficiaria en virtud de mi condición de conviviente de hecho y en ejercicio de la patria potestad de mi hija menor de edad del pago de los dineros correspondientes a las prestaciones laborales, fondo de capitalización laboral(F.C.L) y del Régimen Obligatorio de Pensiones complementarias(ROPC) al que pueda tener derecho la persona fallecida. Asimismo, solicito autorización de giro correspondiente â€

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