Sentencia de Tribunal de Apelación de Trabajo del II Circuito Judicial de San José, 16-04-2021

Fecha16 Abril 2021
Número de expedienteExpediente:
EmisorTribunal de Apelación de Trabajo del II Circuito Judicial de San José
*200004050166LA*
Expediente:
20-000405-0166.La.
Proceso:
Medidas Cautelares Anticipadas.
Actor:
[Nombre 001].
Demandado:
Caja Costarricense de Seguro Social.
AUTO SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA
N° 142. TRIBUNAL DE APELACIÓN DE TRABAJO II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ. SECCIÓN SEGUNDA, a las siete horas treinta minutos del dieciséis de abril de dos mil veintiuno.-
Examinados los autos, y;
Redacta la Jueza SHADID GAMBOA; y,
CONSIDERANDO:
I.- La parte actora presenta recurso de apelación contra la resolución que denegó la medida cautelar dictada por el Juzgado de Trabajo de este Circuito a las 14:40 horas del 14 de diciembre del 2020 expresando los siguientes reproches. Menciona que el artículo 19 inciso 2) del Código Procesal Contencioso Administrativo (CPCA) permite la solicitud de medidas cautelares previas a la interposición de la demanda. Respecto de la Apariencia de Buen derecho menciona que se dieron actos emanados por diferentes órganos decisores por lo que algunas de las disposiciones tomadas en el proceso han sido nulas al ser dictadas por un órgano incompetente causando la nulidad de todo lo actuado a partir de ese momento. El órgano que ordena el inicio del proceso disciplinario es la Dirección Regional de Servicios de Salud [...]. Menciona que interpuso un recurso de revocatoria con apelación en subsidio y nulidad concomitante contra el auto de traslado de cargos y la apelación fue elevada a la Dirección Regional de Servicios de Salud [...] , el cual es resuelto por un órgano diferente al que ordenó el inicio del proceso y por tanto no es el órgano decisor. En abundancia a esta posición, los subsecuentes recursos de apelación fueron resueltos por la Dirección Regional de Servicios de Salud [...] y tanto la propuesta de despido como la ratificación del despido son ordenados también por esta Dirección, lo que confirma que el órgano decisor era la Dirección Regional de Servicios de Salud [...] y no la Dirección Regional de Servicios de Salud [...] quien resolvió el recurso de apelación interpuesto. Por otro lado, menciona el apelante que el Traslado de Cargos fue realizado mediante el oficio de las 12:00 horas del 10 de mayo del 2010 firmada por los funcionarios [Nombre 004] y [Nombre 005]. Como consta en el expediente una vez que se separan las causas de acoso...

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