Sentencia de Tribunal de Apelación de Trabajo del II Circuito Judicial de San José, 31-01-2022
Fecha | 31 Enero 2022 |
Número de expediente | 210009401102LA |
Emisor | Tribunal de Apelación de Trabajo del II Circuito Judicial de San José |
*210009401102LA*
Expediente:
|
210009401102LA
|
Proceso:
|
Riesgo de Trabajo.
|
Actor:
|
[Nombre 001].
|
Demandado:
|
INS
|
SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA
N° 0040. TRIBUNAL DE APELACIÓN DE TRABAJO II CIRCUITO JUDICIAL
DE SAN JOSÉ. SECCIÓN SEGUNDA, a las nueve horas quince minutos del treinta y
uno de enero de dos mil veintidós.-
Riesgo de Trabajo seguido ante el Juzgado de Seguridad Social del Primer Circuito Judicial
de San José por [Nombre 001], [...]
contra I.tituto Nacional de Seguros representado por
su Apoderado General Judicial sin lÃÂmite de suma, Licenciado
Hermann de la Fuente OrtÃÂz, mayor, soltero, Abogado, vecino de San José, cédula de
identidad número uno- mil treinta y cinco- cero trescientos noventa y seis. Figura como
Apoderado Especial Judicial de la parte actora el Licenciado G.M.C
mayor, divorciado, Abogado, vecino de San José, cédula de identidad número seis-
doscientos sesenta y nueve- ciento cincuenta y siete.-
Redacta la Jueza
SHADID GAMBOA; y,
PARTE CONSIDERATIVA:
1.-) Resumen del caso: Solicita la parte actora se declare con lugar la demanda en todos
sus extremos y se condene al ente demandado a otorgarle una indemnización las verdaderas
incapacidades temporales y permanentes que le corresponden, asàcomo los intereses
respectivos, a seguirle brindando asistencia médica. Se le aplique la indexación de los
montos concedidos. Se condene al demandado al pago de ambas costas del proceso
solicita que las costas personales se fijen en un 20% (de acuerdo al Arancel de Abogados
vigente).
El representante del ente Asegurador contestó en forma negativa la acción, y opuso las
excepciones de falta de derecho y pago. Solicita que la demanda sea declarada sin lugar, en
el evento de que la inconformidad de la parte actora no tenga sustento técnico médico-legal
o jurÃÂdico, no se aporten las pruebas de sus pretensiones, o bien su representado demuestre
haber satisfecho correctamente los derechos e indemnizaciones que le corresponden a la
parte reclamante. De resolverse con lugar la demanda, se ordene deducir el monto de las
prestaciones que el INS ya ha reconocido a la parte actora en sede administrativa.
Considerando que la parte reclamante no aporta prueba idónea para demostrar su
disconformidad y sus pretensiones, se condene en costas a dicha parte.-
El A-quo en sentencia de las siete horas...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba