Sentencia de Tribunal Contencioso Administrativo, 29-01-2021

Número de expediente20-004829-1027-CA
Fecha29 Enero 2021
EmisorTribunal Contencioso Administrativo (Costa Rica)
Tipo de procesoMEDIDA CAUTELAR ANTICIPADA
EXPEDIENTE:
20-004829-1027-CA
PROCESO:
MEDIDA CAUTELAR ANTICIPADA
PROMOVENTE:
[Nombre 001]
DEMANDADO:
EL ESTADO

Nº 048-2021-T
TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE HACIENDA Segundo Circuito Judicial de San José, Anexo A. Calle Blancos, a las ocho horas y cuarenta minutos del día veintinueve de enero de dos mil veintiuno.-

Se conoce MEDIDA CAUTELAR ANTICIPADA, interpuesta por [Nombre 001] [...], contra EL ESTADO, representado por el Procurador Edgar Valverde Segura;
RESULTANDO:
1. Que en fecha 05 de noviembre del 2020, la parte promovente formuló solicitud de medida cautelar anticipada planteando como pretensión cautelar "S. se declaren con ligar las medidas cautelares solicitadas ante causam y provisionalísima, para que así se paralice mi despido que fuera aprobado mediante el acto administrativo, resolución del Tribunal de Servicio Civil número 13499 de las trece horas cincuenta minutos del trece de octubre de dos mil veinte, hasta que se resuelva el fondo del presente asunto del que tengo 15 días hábiles para presentar la demanda." (Imágenes 2 a 51 del expediente judicial digital).
2. Que por medio de auto de las seis horas con cincuenta y un minutos del 06 de noviembre del 2020, este Tribunal otorgó la medida cautelar provisionalísima y concedió a la parte accionada, audiencia escrita por tres días para que se pronunciara respecto de la medida cautelar pedida. (Imágenes 112 a 114 del expediente judicial digital).
3. Que mediante escrito de fecha 27 de enero del 2021, la representación del Estado, se pronunció respecto de la medida cautelar, pidiendo que sea rechazada por no concurrir los presupuestos legales para su otorgamiento. (Imágenes 125 a 136 del expediente judicial digital).
4. Se observaron las formalidades del proceso y se estudió previamente lo correspondiente.
CONSIDERANDO:
PRIMERO: OBJETO DE LA SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR: En el presente asunto la parte promovente solicita lo siguiente: "S. se declaren con ligar las medidas cautelares solicitadas ante causam y provisionalísima, para que así se paralice mi despido que fuera aprobado mediante el acto administrativo, resolución del Tribunal de Servicio Civil número 13499 de las trece horas cincuenta minutos del trece de octubre de dos mil veinte, hasta que se resuelva el fondo del presente asunto del que tengo 15 días hábiles para presentar la demanda." sobre lo cual debe de hacerse el pronunciamiento correspondiente.
SEGUNDO: ARGUMENTOS DE LA PROMOVENTE. En síntesis y en lo que interesa, la parte promovente argumenta que labora para el MEP desde hace 15 años, que en junio del 2019 una subalterna interpuso una denuncia en su contra, que se le inició un procedimiento disciplinario, que en octubre del 2019 se le trasladó por medio de medida cautelar administrativa, que actualmente labora como Director de la [...] en propiedad desde febrero del 2020, que dentro del expediente administrativo el Tribunal de Carrera Docente autoriza a presentar la gestión de despido, que el Tribunal de Servicio Civil por medio de Resolución N° 13499 del 13 de octubre del 2020 se autorizó al Ministro de Educación para proceder con su despido, que es la principal proveedora de su hogar, de sus padres y un hermano, que su salario es su único ingreso. Manifiesta que la resolución N° 13499 se encuentra viciada de nulidad. En cuanto a la...

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