Sentencia de Tribunal Contencioso Administrativo, 29-01-2021
Número de expediente | 20-004829-1027-CA |
Fecha | 29 Enero 2021 |
Emisor | Tribunal Contencioso Administrativo (Costa Rica) |
Tipo de proceso | MEDIDA CAUTELAR ANTICIPADA |
EXPEDIENTE:
|
20-004829-1027-CA
|
PROCESO:
|
MEDIDA CAUTELAR ANTICIPADA
|
PROMOVENTE:
|
[Nombre 001]
|
DEMANDADO:
|
EL ESTADO
|
Nº 048-2021-T
TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE HACIENDA
Segundo Circuito Judicial de San José, Anexo A. Calle Blancos, a las ocho
horas y cuarenta minutos del dÃÂa veintinueve de enero de dos mil veintiuno.-
Se conoce MEDIDA CAUTELAR ANTICIPADA, interpuesta por [Nombre 001]
[...], contra EL ESTADO, representado por el Procurador Edgar Valverde
Segura;
RESULTANDO:
1. Que en fecha 05 de noviembre del 2020, la parte promovente formuló
solicitud de medida cautelar anticipada planteando como pretensión cautelar
"S. se declaren con ligar las medidas cautelares solicitadas ante
causam y provisionalÃÂsima, para que asàse paralice mi despido que fuera
aprobado mediante el acto administrativo, resolución del Tribunal de Servicio
Civil número 13499 de las trece horas cincuenta minutos del trece de octubre
de dos mil veinte, hasta que se resuelva el fondo del presente asunto del que
tengo 15 dÃÂas hábiles para presentar la demanda." (Imágenes 2 a 51 del
expediente judicial digital).
2. Que por medio de auto de las seis horas con cincuenta y un minutos del 06
de noviembre del 2020, este Tribunal otorgó la medida cautelar provisionalÃÂsima
y concedió a la parte accionada, audiencia escrita por tres dÃÂas para que se
pronunciara respecto de la medida cautelar pedida. (Imágenes 112 a 114 del
expediente judicial digital).
3. Que mediante escrito de fecha 27 de enero del 2021, la representación del
Estado, se pronunció respecto de la medida cautelar, pidiendo que sea
rechazada por no concurrir los presupuestos legales para su otorgamiento.
(Imágenes 125 a 136 del expediente judicial digital).
4. Se observaron las formalidades del proceso y se estudió previamente lo
correspondiente.
CONSIDERANDO:
PRIMERO: OBJETO DE LA SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR: En el
presente asunto la parte promovente solicita lo siguiente: "S. se declaren
con ligar las medidas cautelares solicitadas ante causam y provisionalÃÂsima,
para que asàse paralice mi despido que fuera aprobado mediante el acto
administrativo, resolución del Tribunal de Servicio Civil número 13499 de las
trece horas cincuenta minutos del trece de octubre de dos mil veinte, hasta
que se resuelva el fondo del presente asunto del que tengo 15 dÃÂas hábiles
para presentar la demanda." sobre lo cual debe de hacerse el pronunciamiento
correspondiente.
SEGUNDO: ARGUMENTOS DE LA PROMOVENTE. En sÃÂntesis y en lo que
interesa, la parte promovente argumenta que labora para el MEP desde hace
15 años, que en junio del 2019 una subalterna interpuso una denuncia en su
contra, que se le inició un procedimiento disciplinario, que en octubre del 2019
se le trasladó por medio de medida cautelar administrativa, que actualmente
labora como Director de la [...] en propiedad desde febrero del 2020, que
dentro del expediente administrativo el Tribunal de
Carrera Docente autoriza a presentar la gestión de despido, que el Tribunal de
Servicio Civil por medio de Resolución N° 13499 del 13 de octubre del 2020 se
autorizó al Ministro de Educación para proceder con su despido, que es la
principal proveedora de su hogar, de sus padres y un hermano, que su salario
es su único ingreso. Manifiesta que la resolución N° 13499 se encuentra viciada
de nulidad. En cuanto a la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba