AMPARO DE LEGALIDAD (EJECUCIÓN)
Exp N°
18-005740-1027-CA
Actor/ [Nombre 001]
Notificaciones/ L.. S.E.C.
Demandado/EL ESTADO (DNP)
Notificaciones/ Procurador B.L.F.
N° 084-2022
TRIBUNAL PROCESAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE HACIENDA. II CIRCUITO JUDICIAL. Anexo A, a las ocho horas con diez minutos del primero de febrero del año dos mil veintidós.-
EJECUCIÓN DE SENTENCIA dentro de PROCESO DE AMPARO DE LEGALIDAD interpuesto por [Nombre 001], con cédula de identidad número [Valor 001], contra EL ESTADO (DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL) representado por el procurador B.L.F. y como patrocinio letrado de la parte actora el L.. S.E.C..
RESULTANDO:
1).- Que la parte actora indica como pretensión en la presente causa: 1) que se
declare con lugar el proceso de ejecución de sentencia, 2) que se condene al
accionado a cancelar la suma de quinientos mil colones por concepto de daño
moral subjetivo, 3) que se condene al accionado al pago de las costas personales
del amparo de legalidad y la presente ejecución, los cuales liquida en la suma de
ciento ochenta y un mil quinientos colones exactos, según el artÃÂculo 46 del
Decreto Ejecutivo No. 41457-JP, 4) que se condene al Estado al pago de los
intereses sobre las sumas que se condene desde su aprobación hasta su efectivo
pago. Lo anterior, para una estimación total de seiscientos ochenta y un mil
colones. Desiste expresamente de los extremos de perjuicios y costas procesales
(imágenes 2 a 9 del legajo de ejecución).
2).- Que la representación estatal se opuso a las pretensiones de la parte
ejecutante. La accionada contestó negativamente a la ejecución oponiéndose a
las pretensiones de la parte ejecutante por considerarlas improcedentes, carentes
de sustento probatorio y no guardar nexo de causalidad con lo ejecutoriado
Asimismo, se opone a la liquidación indicando, en sÃÂntesis, que la parte
accionante no justifica en forma alguna la afectación que reclama en este
extremo y que la indemnización por daño moral subjetivo no procede cuando no
existen pruebas o al menos indicios que demuestren ese daño, asàcomo una
relación directa de causa - efecto con el mal proceder de la administración
pública, obligaciones procesales que la representación estatal indica incumplidas
por el accionante; asàlas cosas, solicita que por...