Sentencia de Tribunal de Familia, 05-12-2019
Fecha | 05 Diciembre 2019 |
Número de expediente | 14-000332-0292-FA |
Emisor | Tribunal de Familia (Costa Rica) |
Tipo de proceso | INVESTIGACIÓN PATERNIDAD APELACIÓN POR INADMISION |
*140003320292FA*
EXPEDIENTE:
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14-000332-0292-FA NUMERO 1012-19(1) EV
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PROCESO:
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INVESTIGACIÓN PATERNIDAD APELACIÓN POR INADMISION
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ACTOR/A:
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SUCESION DE [Nombre 001]
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DEMANDADO/A:
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VOTO NÚMERO 1013-2019
TRIBUNAL DE FAMILIA
. S.J., a las
once horas y dieciséis minutos del cinco de diciembre de dos mil
diecinueve.-
Apelación por Inadmisión presentada por el Apoderado Especial Judicial de la
SUCESIÓN DE [Nombre 001]
el
señor [Nombre 002], dentro del proceso de
INVESTIGACIÓN DE PATERNIDAD interpuesto por
[Nombre 003] en contra de la
Sucesión de [Nombre 001]; y,
CONSIDERANDO
I.- Del estudio de los artÃÂculos 583, 584 y 585 del Código Procesal Civil de 1989, se desprende que el recurso de
apelación por inadmisión es formalista, de manera que el escrito en que se formule, necesariamente debe indicar: 1) Los
datos generales del asunto que se requieran para su identificación. 2) La fecha en que fue presentado el recurso de apelación
en primera instancia. 3) La fecha en que la resolución apelada quedó notificada a todas las partes. 4) La fecha en que quedó
notificada a todas las partes la resolución que desestima la apelación. 5) La copia literal de la resolución que deniega el
recurso, ya sea dentro del escrito o presentarse en forma separada, pero en ambos casos el recurrente deberá afirmar que su
contenido es exacto.-
II.- El escrito de apelación por inadmisión interpuesto por el Licenciado
[Nombre 002] en su condición de Apoderado
Especial Judicial de la parte demandada, no cumple con todas las formalidades establecidas en el artÃÂculo 584
del Código ritual. EspecÃÂficamente el recurrente si indica pero en documentos adjuntos no aporta actas de la fecha en la que
quedó notificada a todas las partes la resolución que rechaza el recurso de apelación, de las diez hora cuarenta y seis
minutos del treinta de octubre de dos mil diecinueve, ni aporta las actas de notificación, lo anterior para determinar que la
apelación por inadmisión sea presentada en tiempo, véase que la resolución que rechazó la admisión del recurso de
apelación data del treinta de octubre de dos mil diecinueve, y la apelación por inadmisión es presentada ante este Tribunal
hasta el dÃÂa trece de noviembre de dos mil diecinueve.
El formalismo del recurso de apelación por inadmisión...
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