Sentencia de Tribunal de Familia, 06-02-2023

Fecha06 Febrero 2023
Número de expediente19-001008-0364-FA
Tipo de procesoSUMARIOS
*190010080364FA*
EXPEDIENTE:
19-001008-0364-FA - 4 INTERNO 862-22(1) EH
PROCESO:
SUMARIOS
ACTOR/A:
[Nombre 001]
DEMANDADO/A:
[Nombre 002]
VOTO NÚMERO 0080-2023
TRIBUNAL DE FAMILIA. S.J., a las trece horas cincuenta y seis minutos del seis de febrero de dos mil veintitrés.-
PROCESO SUMARIO de [Nombre 001], [...] ; contra [Nombre 002] , [...]
RESULTANDO
1.- La parte actora solicita que en sentencia se declare: se fije un régimen para relacionarse con su hijo menor de edad [Nombre 004], en los términos en los que lo plantea en el escrito inicial de demanda.-
2.- La demandada [Nombre 002] fue notificada del curso de la demanda en forma personal y contestó los hechos de la demanda en los términos visibles en folios.-
3.- J.O.V.L., Juez del Juzgado de Familia de H., por sentencia de las trece horas cuarenta y dos minutos del doce de julio de dos mil veintidós, resolvió: "POR TANTO : De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 52 de la Constitución Política; Convención sobre los derechos del niños; y 1, 2, 5, 6, 8, y 140 y siguientes del Código de Familia y 30 del Código de la N. y la Adolescencia; se declara CON LUGAR LA DEMANDA SUMARIA DE ESTABLECIMIENTO DE UN SISTEMA DE INTERRELACIÓN FAMILIAR interpuesta por [Nombre 001] contra [Nombre 002], en los siguientes terminos: 1) De viernes 6:00pm a D.8., de cada semana, sin que afecte o interfiera en actividades académicas o afecte su desempeño académico, podrá estar con el progenitor unicamente, en caso de que el actor, no pueda estar con menor el tiempo aquí consignado deberá indicarlo a la progenitora.- 2) El actor sera el único que podrá recoger y dejar al menor en el domicilio de la demandada, en caso de existir MEDIDAS DE PROTECCIÓN, esta presente sentencia, no violara dichas medidas de protección, en el entendido que es unicamente para cumplir la entrega y recepción del menor, y no autoriza a ninguna de las partes para violar ninguna disposición cautelar.- 3) Las fechas festivas serán disfrutas de forma alterna y rotativa, asi como semana santa, vacaciones de medio periodo lectivo, fin de año. Debe advertirse a las partes el necesario cumplimiento, bajo pena de que en caso de no hacerlo se podrá testimoniar piezas para ante el Ministerio Público por el delito que corresponda ante la desobediencia que se haga a este fallo.-...

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