Sentencia de Tribunal de Familia, 09-12-2021
Fecha | 09 Diciembre 2021 |
Número de expediente | 19-002424-0165-FA |
Tipo de proceso | DIVORCIO |
*190024240165FA*
EXPEDIENTE:
|
19-002424-0165-FA
INTERNO 918-21-3(EV)
|
PROCESO:
|
DIVORCIO
|
ACTOR/A:
|
[Nombre 001]
|
DEMANDADO/A:
|
[Nombre 002]
|
VOTO NÚMERO 1092-2021
TRIBUNAL DE FAMILIA. S.J., a las dieciséis horas treinta y cuatro minutos del
nueve de diciembre de dos mil veintiuno.-
Proceso DIVORCIO
, establecido por [Nombre 001],
[...] contra [Nombre 002]
,
[...]. Conoce este Tribunal del presente proceso en virtud del recurso de apelación
interpuesto por apoderado de la parte demandada contra la
resolución dictada por el Juzgado de Familia del II Circuito Judicial de S.J. al ser las
catorce horas cuarenta y un minutos siete de julio de dos mil veintiuno.
R.e.J.S.C.; y,
CONSIDERANDO:
I.-AGRAVIOS: Apela la demandada, por medio de su apoderada especial judicial
licenciada M.d.R.M.C., la resolución de las catorce horas cuarenta y
un minutos del siete de julio de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de S.J., mediante la cual no se acogió la solicitud de cambio
de señalamiento de la audiencia de pruebas, pedida con base en enfermedad de la citada
apoderada especial judicial.
Las inconformidades de la recurrente son las siguientes: 1) que fue atendida el dÃÂa quince
de junio de dos mil veintiuno en horas de la mañana y que se encontraba descompensada
por lo que no le era posible avisar al juzgado; 2) que si el a-quo tenÃÂa dudas sobre la
veracidad del dictamen, debió ordenar su valoración por parte de Medicatura Forense y 3)
que el numeral 201 del Código Procesal Civil de 1989, permite que se avise de
circunstancias similares hasta por el plazo de ocho dÃÂas después de haber cesado.
Por lo anterior, pretende se revoque la resolución recurrida.-
II.-SOBRE EL FONDO: Consta en el expediente que se señalaron las catorce horas del
dÃÂa quince de junio de dos mil veintiuno, para llevar a cabo la diligencia de pruebas. A ésta
sólo se presentó el actor, su apoderada especial judicial y sus testigos.
Al dÃÂa siguiente (dieciséis de junio de dos mil veintiuno) la apoderada especial judicial de la
demandada, licenciada M.d.R.M.C., pidió que se hiciera un nuevo
señalamiento, ya que ella (la abogada) estaba atravesando por un cuadro de vómito,
náuseas, colitis y gastroenteritis que ameritó reposo por tres dÃÂas. Al efecto adjuntó
dictamen médico privado.
El
...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba