Sentencia de Tribunal de Familia, 12-08-2021

Fecha12 Agosto 2021
Número de expediente17-000375-1146-FA
EmisorTribunal de Familia (Costa Rica)
Tipo de procesoDEPÓSITO JUDICIAL
*170003751146FA*

EXPEDIENTE:
17-000375-1146-FA - 9 INTERNO 533-21-2(EH)
PROCESO:
DEPÓSITO JUDICIAL
ACTOR/A:
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
DEMANDADO/A:
[Nombre 001] Y OTRO


VOTO NÚMERO -2021
TRIBUNAL DE FAMILIA. S.J., a las diez horas cuarenta y uno minutos del doce de agosto de dos mil veintiuno.-
Depósito Judicial establecido por el PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA contra [Nombre 001] , mayor cédula número [Valor 001], [Nombre 002], mayor, cédula [Valor 002] y [Nombre 003] , mayor, cédula número [Valor 003].-
RESULTANDO:
1. La parte actora con base en los hechos y citas de derecho que invocó en su demanda, solicita que en sentencia se declare: "Solicita al despacho se nombre como depositaria judicial de los menores de edad [Nombre 003], [Nombre 005], [Nombre 006], [Nombre 012] e [Nombre 013] a la abuela materna [Nombre 008] y el abuelo materno [Nombre 009].-El señor [Nombre 009] a folio 145 del expediente se apersona y acepta el cargo conferido de depositario. Mediante escrito de folio 183-184 solicita "se decrete el depósito judicial definitivo de mis nietos [Nombre 003], [Nombre 005], [Nombre 006], [Nombre 012] e [Nombre 013] y a mi esposa [Nombre 008] ". La señor [Nombre 008], según consta a folio o189 del expediente acepta el cargo conferido."
2. Han intervenido en el proceso la madre de las personas menores de edad [Nombre 001], apersonada a los autos en su pretensión manifiesta su conformidad con el presente proceso " solicito se mantenga el depósito judicial de mis hijos ...a mis padres...", el señor [Nombre 003] ( padre del primero) ha sido notificado por medio de edicto por cuanto no fue hallado y [Nombre 002] (padre de los otros cuatro), que consta notificado a folio 144 y 179 del expediente físico.-
3. La Licenciada M.A.A., jueza de Familia de P., por sentencia dictada al ser las once horas cuarenta y cuatro minutos del veintidós de febrero de dos mil veintiuno, resolvió: "POR TANTO: De acuerdo a lo expuesto y artículos 51 de la Constitución Política; 2, 5 y 140 y siguientes del Código de Familia; 3 de la Convención de los Derechos del Niño, 5 del Código de la N. y la Adolescencia y 796 y 854 y siguientes del Código Procesal Civil, SE ACOGE LA SOLICITUD y se ordena el DEPOSITO JUDICIAL de las menores de edad [Nombre 003], [Nombre 005], [Nombre 006], ...

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