Sentencia de Tribunal de Familia, 12-08-2021
Fecha | 12 Agosto 2021 |
Número de expediente | 17-000375-1146-FA |
Emisor | Tribunal de Familia (Costa Rica) |
Tipo de proceso | DEPÓSITO JUDICIAL |
*170003751146FA*
EXPEDIENTE:
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17-000375-1146-FA - 9 INTERNO 533-21-2(EH)
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PROCESO:
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DEPÓSITO JUDICIAL
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ACTOR/A:
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PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
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DEMANDADO/A:
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[Nombre 001] Y OTRO
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VOTO NÚMERO -2021
TRIBUNAL DE FAMILIA. S.J., a las diez horas cuarenta y uno minutos del doce de agosto de dos mil
veintiuno.-
Depósito Judicial establecido por el
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
contra [Nombre 001]
,
mayor
cédula número [Valor 001],
[Nombre 002], mayor, cédula
[Valor 002] y
[Nombre 003]
, mayor, cédula número
[Valor 003].-
RESULTANDO:
1. La parte actora con base en los hechos y citas de derecho que invocó en su demanda, solicita que en
sentencia se declare: "Solicita al despacho se nombre como depositaria judicial de los menores de edad
[Nombre
003], [Nombre 005], [Nombre 006], [Nombre 012] e [Nombre 013] a la abuela materna [Nombre 008] y el abuelo
materno [Nombre 009].-El señor
[Nombre 009] a folio 145 del expediente se apersona y acepta el cargo conferido de
depositario. Mediante escrito de folio 183-184 solicita "se decrete el depósito judicial definitivo de mis
nietos [Nombre 003], [Nombre 005],
[Nombre 006], [Nombre 012]
e [Nombre 013]
y a mi esposa [Nombre 008]
". La
señor [Nombre 008], según consta a folio o189 del expediente acepta el cargo conferido."
2. Han intervenido en el proceso la madre de las personas menores de edad
[Nombre 001], apersonada a
los autos en su pretensión manifiesta su conformidad con el presente proceso "
solicito se mantenga el
depósito judicial de mis hijos ...a mis padres...", el señor
[Nombre 003] (
padre del primero) ha sido notificado por
medio de edicto por cuanto no fue hallado y [Nombre 002] (padre de los otros cuatro), que consta notificado a folio
144 y 179 del expediente fÃÂsico.-
3. La Licenciada M.A.A.,
jueza de Familia de P., por sentencia
dictada al ser las once horas cuarenta y cuatro minutos del veintidós de febrero de dos mil veintiuno, resolvió: "POR
TANTO: De acuerdo a lo expuesto y artÃÂculos 51 de la Constitución PolÃÂtica; 2, 5 y 140 y siguientes del Código de
Familia; 3 de la Convención de los Derechos del Niño, 5 del Código de la N. y la Adolescencia y 796 y 854 y
siguientes del Código Procesal Civil, SE ACOGE LA SOLICITUD
y se ordena el DEPOSITO JUDICIAL de las menores
de edad [Nombre 003], [Nombre 005], [Nombre 006], ...
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