Sentencia de Tribunal de Familia, 14-11-2019

Fecha14 Noviembre 2019
Número de expediente16-002701-0338-FA
EmisorTribunal de Familia (Costa Rica)
Tipo de procesoRÉGIMEN VISITAS
*160027010338FA*

EXPEDIENTE:
16-002701-0338-FA NUMERO 127-19(1)
PROCESO:
RÉGIMEN VISITAS
ACTOR/A:
[Nombre 001]
DEMANDADO/A:
[Nombre 002]

VOTO NÚMERO 936-2019
TRIBUNAL DE FAMILIA . S.J., a las quince horas y veintiuno minutos del catorce de noviembre de dos mil diecinueve.-
PROCESO RÉGIMEN VISITAS de [Nombre 001] [...] , contra [Nombre 002] , [...] . Visto el recurso de revocatoria que presenta la parte demandada [Nombre 002], contra el Voto número 214-2019 de las nueve cincuenta y dos minutos del seis de marzo de dos mil diecinueve, dictado por este Tribunal. Esta integración esta conformada por los jueces Mauricio Chacón Jiménez, A.V.S. y S.V.V., y;
CONSIDERANDO:
ÚNICO.- Plantea la señora [Nombre 002] , recurso de revocatoria (folios 72 a 79) contra el Voto número 214-2019 de las nueve horas cincuenta y dos minutos del seis de marzo de dos mil diecinueve, dictado por este Tribunal (folios 66 a 69), mismo que se rechaza por improcedente. Como fundamento de rechazo de la revocatoria, lo es el artículo 582 del Código Procesal Civil de 1989, el cual establece que la revocatoria tan sólo procede contra los autos que durante la tramitación dicte el Tribunal y contra lo que se resuelva en incidentes promovidos ante él, contra las demás resoluciones no cabe recurso alguno, salvo el de casación cuando legalmente procede. El Voto número 214-2019 de las nueve horas cincuenta y dos minutos del seis de marzo de dos mil diecinueve, dictado por este Tribunal no es de trámite sino de fondo, el mismo obedece a un recurso de apelación presentado por la demandada contra la sentencia de primera instancia de las quince horas cuarenta minutos del tres de agosto de dos mil dieciocho sentencia que fue confirmada por este Tribunal mediante el voto recurrido. Así las cosas, se declara sin lugar el recurso de revocatoria. Devuélvase el expediente a la oficina de origen.-
POR TANTO:
S e declara sin lugar el recurso de revocatoria establecido por la señora [Nombre 002] , contra el Voto número 214-2019 de las nueve horas cincuenta y dos minutos del seis de marzo de dos mil diecinueve, dictado por este Tribunal. Devuélvase el expediente a la oficina de origen.

*FH6PP8FWJYS61*
FH6PP8FWJYS61
M.C.J. - JUEZ/A DECISOR/A

*BLDN3UNHNVM61*
BLDN3UNHNVM61
S.V.V. - JUEZ/A DECISOR/A

*DH...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR