Sentencia de Tribunal de Familia, 14-11-2019
Fecha | 14 Noviembre 2019 |
Número de expediente | 16-002701-0338-FA |
Emisor | Tribunal de Familia (Costa Rica) |
Tipo de proceso | RÉGIMEN VISITAS |
*160027010338FA*
EXPEDIENTE:
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16-002701-0338-FA NUMERO 127-19(1)
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PROCESO:
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RÉGIMEN VISITAS
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ACTOR/A:
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[Nombre 001]
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DEMANDADO/A:
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[Nombre 002]
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VOTO NÚMERO 936-2019
TRIBUNAL DE FAMILIA
. S.J., a las
quince horas y veintiuno minutos del catorce de noviembre de dos mil
diecinueve.-
PROCESO RÉGIMEN VISITAS
de [Nombre 001]
[...]
, contra [Nombre 002]
, [...]
. Visto el recurso de revocatoria que
presenta la parte demandada [Nombre 002], contra el Voto número 214-2019 de las nueve cincuenta y dos minutos del seis
de marzo de dos mil diecinueve, dictado por este Tribunal. Esta integración esta conformada por los jueces Mauricio Chacón
Jiménez, A.V.S. y S.V.V., y;
CONSIDERANDO:
ÚNICO.-
Plantea la señora [Nombre 002]
, recurso de revocatoria (folios 72 a
79) contra el Voto número
214-2019 de las nueve horas cincuenta y dos
minutos del seis de marzo de dos mil diecinueve, dictado por este Tribunal (folios 66
a 69), mismo que se rechaza por improcedente. Como fundamento de rechazo de
la revocatoria, lo es el artÃÂculo 582 del Código Procesal Civil de 1989, el cual
establece que la revocatoria tan sólo procede contra los autos que durante la
tramitación dicte el Tribunal y contra lo que se resuelva en incidentes promovidos
ante él, contra las demás resoluciones no cabe recurso alguno, salvo el de casación
cuando legalmente procede. El Voto número
214-2019 de las nueve horas
cincuenta y dos minutos del seis de marzo de dos mil diecinueve, dictado por este
Tribunal no es de trámite sino de fondo, el mismo obedece a un recurso de
apelación presentado por la demandada contra la sentencia de primera instancia de
las quince horas cuarenta minutos del tres de agosto de dos mil dieciocho
sentencia que fue confirmada por este Tribunal mediante el voto recurrido. Asàlas
cosas, se declara sin lugar el recurso de revocatoria. Devuélvase el expediente a la
oficina de origen.-
POR TANTO:
S
e
declara sin lugar el recurso de revocatoria establecido por la señora [Nombre 002]
,
contra
el Voto número
214-2019 de las nueve horas cincuenta y dos minutos del seis de marzo de dos mil diecinueve, dictado por este
Tribunal. Devuélvase el expediente a la oficina de origen.
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*FH6PP8FWJYS61* FH6PP8FWJYS61 M.C.J. - JUEZ/A DECISOR/A |
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*BLDN3UNHNVM61* BLDN3UNHNVM61 S.V.V. - JUEZ/A DECISOR/A |
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*DH... |
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