Sentencia de Tribunal de Familia, 15-01-2020

Número de expediente19-001058-0338-FA
Fecha15 Enero 2020
EmisorTribunal de Familia (Costa Rica)
Tipo de procesoDIVORCIO
*190010580338FA*

EXPEDIENTE:
19-001058-0338-FA NUMERO 837-19-3 (EV)
PROCESO:
DIVORCIO
ACTOR/A:
[Nombre 001]
DEMANDADO/A:
[Nombre 002]


VOTO NÚMERO 01-2020
TRIBUNAL DE FAMILIA . S.J., a las ocho horas y trece minutos del quince de enero de dos mil veinte .-
PROCESO DIVORCIO de [Nombre 001] , [...] contra [Nombre 002], [...] .
RESULTANDO:
1.- La parte actora solicita que en sentencia se declare: se disuelva el vínculo matrimonial que lo une a la señora [Nombre 002] con fundamento en la causal de separación de hecho por más de tres años.-
2.- La parte demandada fue debidamente notificada del presente proceso y contestó de forma negativa y solicitando que el actor pague ambas costas en del proceso.-
3.- La licenciada P.C.G., Jueza de Familia de Cartago, por sentencia de las diez horas y treinta y uno minutos del cinco de setiembre del año dos mil diecinueve, resolvió: " POR TANTO: Razones dadas, Código de Familia se declara CON LUGAR este Proceso Abreviado de Divorcio, al efecto se disuelve el vínculo matrimonial que une a [Nombre 002] y [Nombre 001] con fundamento en la causal de separación de hecho por un término no menor a tres años. No se declara a ninguno cónyuge culpable. SOBRE MENOR DE EDAD: es la guarda, crianza y educación del menor de edad a cargo de la madre, la patria potestad es compartida por ambos progenitores. Lo concerniente a régimen de visitas y permisos de salida del país del menor de edad deben conocerse en los procesos respectivos. SOBRE PENSION ALIMENTARIA: lo concerniente a la pensión alimentaria a favor del menor de edad se tramita en la vía correspondiente.Se mantiene el derecho de ambos a solicitarse pensión alimentaria previa demostración de posibilidad y necesidad en la vía correspondiente. SOBRE DERECHO DE GANANCIALIDAD: es ganancial el inmueble del Partido de Cartago matrícula [Valor 001] inscrito a nombre de la señora [Nombre 002] y cada uno adquiere el derecho a participar en el cincuenta por ciento del valor neto del mismo el cual será liquidado en etapa de ejecución de sentencia El inmueble del Partido de S.J. matrícula [Valor 002] inscrito a nombre de [Nombre 002] no es ganancial. El inmueble del Partido de Cartago matrícula [Valor 003] se encuentra inscrito a nombre del señor [Nombre 001] no es ganancial. SOBRE COSTAS: sin especial condenatoria en costas-. Firme este fallo inscríbase en el Registro Civil matrimonios de S.J. [...]. ."
4.- Conoce este Tribunal del presente proceso en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la referida...

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