Sentencia de Tribunal de Familia, 16-11-2020

Número de expediente17-401012-0637-FA
Fecha16 Noviembre 2020
EmisorTribunal de Familia (Costa Rica)
Tipo de procesoDIVORCIO
*174010120637FA*
EXPEDIENTE:
17-401012-0637-FA - 4 NÚMERO 557-2020 (2)
PROCESO:
DIVORCIO
ACTOR/A:
[Nombre 001]
DEMANDADO/A:
[Nombre 002]
VOTO NÚMERO 1011-2020
TRIBUNAL DE FAMILIA. S.J., a las once horas cuarenta y cuatro minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veinte.-
PROCESO DIVORCIO de [Nombre 001] , [...] , contra [Nombre 002], [...] .-
RESULTANDO
1.- La señora [Nombre 001] presenta demanda abreviada de divorcio en contra el señor [Nombre 002] para que en sentencia se declare disuelto el vínculo matrimonial que los une por la causal de adulterio y sevicia o subsidiariamente la separación judicial por ofensas graves. Se declare la inexistencia de bienes gananciales muebles o inmuebles, se declare que el negocio "Alarmas 5 Estrellas" es bien ganancial y se declare su derecho al mismo. Se declare su derecho a continuar disfrutando pensión alimentaria por ser cónyuge inocente. Se condene al demandado a ambas costas.-
2.- El señor [Nombre 002] contestó la demanda , y se opuso a las pretensiones de la parte actora .-
3.- La licenciada Z.J.M., Jueza del Juzgado de Familia de Desamparados, por sentencia de las dieciséis horas y cincuenta y ocho minutos del dos de abril de dos mil veinte, resolvió: " POR TANTO: Con base en lo expuesto, normas de derecho citadas, se falla: a) Se declara con lugar la presente demanda de divorcio. Se declara a la señora [Nombre 002] cónyuge culpable de sevicia y adulterio. Se disuelve el vínculo matrimonial existente entre [Nombre 002] y [Nombre 001]. Una vez firme esta sentencia, comuníquese al Registro Civil para que haga la anotación respectiva en la Sección de Matrimonios de la Provincia de S.J., al [...] b) GANANCIALES: No son gananciales vehículo placa MOT [Valor 001], finca matrícula folio real [Valor 002] y matrícula folio real [Valor 003] , se rechaza el reclamo sobre la posible ganancialidad del vehículo placa [Valor 004]. Se declara ganancial las mejoras realizadas en la finca que fuera propiedad de la actora y que consisten en: construcción de una segunda planta con dos cuartos, una sala, cocina, y baño agregado en la primera planta, cuya liquidación podría realizarse en ejecución de sentencia donde se deberá primeramente demostrar cuál es el inmueble sobre el que se hacen tales mejoras. Se declara ganancial la actividad...

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