Sentencia de Tribunal de Familia, 22-10-2019
Número de expediente | 18-000090-0928-FA |
Fecha | 22 Octubre 2019 |
Emisor | Tribunal de Familia (Costa Rica) |
Tipo de proceso | SEPARACIÓN JUDICIAL |
*180000900928FA*
EXPEDIENTE:
|
18-000090-0928-FA - 1 NUMERO 654-19(3)
|
PROCESO:
|
SEPARACIÓN JUDICIAL
|
ACTOR/A:
|
[Nombre 001]
|
DEMANDADO/A:
|
[Nombre 002]
|
VOTO NÚMERO 873-2019
TRIBUNAL DE FAMILIA
. S.J., a las
quince horas y treinta y ocho minutos del veintidós de octubre de dos
mil diecinueve.-
PROCESO ABREVIADO DE SEPARACION JUDICIAL
establecido por [Nombre 001]
, [...], contra
[Nombre 002]
[...].-
RESULTANDO
1.-
Con base en los hechos expuestos y citas de derecho solicita la parte actora: Con lugar en todos sus extremos la
presentes diligencias de Liquidación Anticipada de Bienes Gananciales y se tenga por cómputo de plazo para otorgar la
Separación Judicial el momento de la presentación de la misma, asàmismo se declare la división anticipada de bienes
gananciales adquiridos durante el matrimonio del suscrito con la señora [Nombre 002]
, siendo ésto los depósitos de dinero e
intereses en COOPENAE, igualmente para que en sentencia se declare que la finca inscrita en la PROVINCIA
GUANACASTE, FINCA:[Valor 002], adquirida durante y con el esfuerzo de la unión conyugal, es bien ganancial y por lo
tanto debe ser valorada por perito, para la respectiva venta del inmueble y una vez ésto sea dividida el
valor de la venta en la proporción del cincuenta por ciento para cada cónyuge, además que se condene a la demandada al
pago de ambas costas de ésta acción.-
2.-
Debidamente notificada la accionada en forma persona según consta a folio 70 vlto del expediente, contestó
en los términos de folios 59 a 66 del expediente y opuso las excepciones de Falta de Interés Actual, Falta de Derecho y Falta
de Legitimación Activa y Pasiva.-
3.- , Juez(a) de Familia de Cañas, por sentencia de las
dieciséis horas y dieciséis minutos del ocho de julio de dos
mil diecinueve, resolvió: "
POR TANTO:
Lo expuesto, se acogen las excepciones de Falta de Interés Actual, Falta de Derecho
y Falta de Legitimación Activa y Pasiva, interpuestas por la parte demandada, de conformidad con los artÃÂculos citados
numerales 221, 420 y siguientes del Código Procesal Civil, 58 Inciso 8 del Código de Familia se declara
SIN LUGAR
el
proceso Abreviado de SEPARACION JUDICIAL promovido por [Nombre 001] contra [Nombre 002].- Se condena al pago de
las costas personales y procesales a la parte vencida de conformidad con el ...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba