Sentencia de Tribunal de Familia, 22-04-2021

Fecha22 Abril 2021
Número de expediente20-000050-0928-FA
EmisorTribunal de Familia (Costa Rica)
Tipo de procesoRÉGIMEN VISITAS
*200000500928FA*
EXPEDIENTE:
20-000050-0928-FA - 2 INTERNO 107-21-1 (EV)
PROCESO:
RÉGIMEN VISITAS
ACTOR/A:
[Nombre 002]
DEMANDADO/A:
[Nombre 001]
VOTO NÚMERO 315-2021
TRIBUNAL DE FAMILIA. S.J., a las quince horas tres minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno.-
PROCESO RÉGIMEN VISITAS de [Nombre 002], [...], contra [Nombre 001] , [...] .- Interviene el Patronato Nacional de la Infancia con sede en éste ciudad por haber menores de edad involucrados.-
RESULTANDO
1.- La parte actora solicita que en sentencia se declare: declare:"... 1),...2),...3),...4),... Se fije un régimen de interrelación familiar a fin de que yo pueda visitar y llevar a pasear a mi hijo, así mismo que lo pueda llevar a mi casa y también a la casa de sus abuelos paternos 5) S. se me permita llevarme al menor a dormir un fin de semana cada 15 días, para tal efecto pasaré por el a la casa de su madre el día jueves en la tarde, devolviéndo la a la casa de su madre el día domingo a las 6 de la tarde. Entre semana que me permitan verlo y tenerlo 2 veces por semana en horas de la tarde y estar con él después de la 5 de la tarde. 6) El día del cumpleaños del menor, que un año lo pase conmigo y el otro año lo pase con su madre, o bien que pueda estar con él unas 3 horas, a fin de festejar un rato con el. 7) El día de mi cumpleaños que me permitan estar con el menor, igualmente tres horas. 8) El día del padre que la pasen conmigo todo el día y el día de la madre con ella. 9) En Navidad, que un año lo pasen conmigo y el otro año con su madre. Igualmente el Año Nuevo, un año conmigo y el otro año con su madre. 10) En Semana Santa: Un año que lo pasen conmigo y el otro año con su madre. Igualmente el año Nuevo, un año conmigo y el otro año con su madre. 11) Pido se le haga la advertencia a la madre, de que en caso de incumplimiento del régimen de visitas fijado por su autoridad se le podrá seguir causa penal por el delito de desobediencia a la autoridad y sus consecuencias legales. 12) Que en caso de oposición, se condene a la Demandada al pago de ambas costas del Proceso. 13;....-
2.- Debidamente notificada la parte accionada el día cinco de mayo de dos mil veinte,(Ver imagen a folio 21 del expediente digital) no contestó.-
3.- L.F.S.J., Juez del Juzgado de Familia de Cañas, por sentencia de las catorce horas siete minutos del siete de enero de dos mil veintiuno, resolvió: "POR TANTO : Lo expuesto, artículos citados, numerales 221, 310, 317 y siguientes del Código Procesal Civil.- Se declara CON LUGAR en todas sus partes el presente Proceso de Régimen de Interrelación Familiar de [Nombre 002] en contra de [Nombre 001], se acoge la pretensión principal con las modificaciones que se dirán. Se fija un régimen de interrelación...

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