Sentencia de Tribunal de Familia, 22-03-2022

Número de expediente20-000380-1152-FA
Fecha22 Marzo 2022
EmisorTribunal de Familia (Costa Rica)
Tipo de procesoREC. UNIÓN DE HECHO
*200003801152FA*
EXPEDIENTE:
20-000380-1152-FA - 9 INTERNO 1027-21(2) EV
PROCESO:
REC. UNIÓN DE HECHO
ACTOR/A:
[Nombre 001]
DEMANDADO/A:
[Nombre 002]
VOTO NÚMERO: 247-2022
TRIBUNAL DE FAMILIA. S.J., a las doce horas cuarenta y cuatro minutos del veintidós de marzo de dos mil veintidós.-
Proceso RECONOCIMIENTO DE UNIÓN DE HECHO establecido por [Nombre 001] , [...], contra [Nombre 002], [...].
RESULTANDO:
1. La actora con base en los hechos y citas de derecho que invocó en su demanda, solicita que en sentencia se declare: " Se declare en sentencia el reconocimiento de la unión de hecho que mantuvo con el demandado, desde el febrero de 2014 hasta 13 de octubre de 2017, pero posteriormente indica que fue hasta enero de 2019."
2. El demandado fue debidamente notificado de la presente acción la cual contestó en forma negativa, e interpuso la excepción de caducidad.-
3. La Licenciada I.V.C., jueza de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, por sentencia dictada al ser las diez horas cincuenta y ocho minutos del treinta de setiembre de dos mil veintiuno, resolvió: "POR TANTO: Conforme a lo expuesto y con base en los artículos 242 a 245 del Còdigo de Familia, así como en el artículo 221 del Código Procesal Civil, se acoge la excepción de caducidad, por consiguiente, se declara SIN LUGAR la demanda abreviada de Reconocimiento de Unión de Hecho incoada por [Nombre 001] contra [Nombre 002]. Conforme al numeral 221 del Código Procesal Civil, se condena a la parte vencida, sea la actora [Nombre 001] al pago de ambas costas del presente proceso. NOTIFÃ

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