Sentencia de Tribunal de Familia, 23-11-2020

Fecha23 Noviembre 2020
Número de expediente20-000821-0165-FA
EmisorTribunal de Familia (Costa Rica)
Tipo de procesoRÉGIMEN VISITAS
*200008210165FA*
EXPEDIENTE:
20-000821-0165-FA - 1 NUMERO: 855-2020 (2) EV
PROCESO:
RÉGIMEN VISITAS
ACTOR/A:
[Nombre 001]
DEMANDADO/A:
[Nombre 002]
VOTO NÚMERO 1026-2020
TRIBUNAL DE FAMILIA. S.J., a las once horas seis minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veinte.-
Proceso RÉGIMEN VISITAS , establecido por [Nombre 001] , mayor, divorciado, economista, cédula nicaragüense número [Valor 001] y vecino de Managua, Nicaragua, en contra de [Nombre 002] , mayor, divorciada administradora de empresas, con cédula número [Valor 002] y vecina de Curridabat. Conoce este Tribunal del presente proceso en virtud del recurso de apelación interpuesto por la actora contra la resolución dictada por el Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de S.J. al ser las diez horas doce minutos del diez de Agosto de dos mil veinte.-
Redacta el J.V.S.; y,
CONSIDERANDO
I.- La parte actora se alza en esta sede contra la resolución de las diez horas y doce minutos del diez de agosto del año dos mil veinte en la que se fijó un régimen de visitas provisional a favor del padre para poder compartir con sus hijas durante treinta minutos por semana. Se agravia por la parte apelante que lo reducido de las visitas va en contra de los principios de la Niñez, que es un régimen muy limitado ya que media hora por semana es insuficiente. -
II.- Cuando se fija un régimen de interrelación familiar, sea provisional o definitivo, el mismo debe contar con una serie de condiciones especiales, las cuales tiendan a lograr una armonía plena entre padres e hijos. Sin embargo uno de los aspectos más importantes que debe valorar el juzgador es el hecho de que al fijarse dichos regímenes, los mismos sean viables de cumplir, tanto del lado de los padres, como del lado de los hijos. Entonces deben de tomarse en cuenta en cuanto a los padres aspectos laborales, aspectos del domicilio, tecnológicos entre otros, y respecto a los hijos aspectos de edad, educativos, recreativos, emocionales etc. Sin embargo, además de lo anterior, deben de tomarse en cuenta las condiciones externas y ajenas a las partes que eventualmente puedan influir en esa relación, y esto es precisamente, el momento que vive el mundo entero el año en curso. En efecto, a nivel mundial se vive una situación de emergencia sanitaria que ha dado un giro completo a la...

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