Sentencia de Tribunal de Familia, 23-11-2020

Fecha23 Noviembre 2020
Número de expediente16-000749-1302-FA
EmisorTribunal de Familia (Costa Rica)
Tipo de procesoORDINARIO
*160007491302FA*
EXPEDIENTE:
16-000749-1302-FA NUMERO 1113-19-3 EV
PROCESO:
ORDINARIO
ACTOR/A:
[Nombre 003]
DEMANDADO/A:
[Nombre 002]
VOTO NÚMERO 1023-2020
TRIBUNAL DE FAMILIA. S.J., a las diez horas cuarenta y dos minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veinte.-
PROCESO ORDINARIO de [Nombre 003] , [...], contra el señor [Nombre 002], [...], en carácter personal y contra [Nombre 008], cédula jurídica 3- [Valor 001] con [...] y representada por el señor [Nombre 002].-
RESULTANDO:
1.- La parte actora solicita que en sentencia se declare: De conformidad a los hechos expuestos y citas de derecho invocadas la actora solicita que se declare en sentencia: “1) Que se reconozca judicialmente la unión de hecho que sostuve con el señor [Nombre 002] desde el año 1992 hasta el 29 de junio del año 2016 que convivimos como pareja. 2) Se declare como causal de rompimiento de nuestra unión de hecho la infidelidad del señor [Nombre 002]. 3) Se declare que en la condición de unión de hecho adquirimos a título de bienes gananciales las propiedades de Alajuela números: [Valor 004] , [Valor 005], [Valor 006], las cuales por cuestión estratégica de [Nombre 002], se encuentran inscritas ante el Registro Público a nombre de la [Nombre 008], pero que dichos bienes son gananciales y no bienes de la Sociedad. 4) Se declare que en la condición de la Unión de Hecho adquirimos a título de bienes gananciales los vehículos placas [Valor 002] y [Valor 003] . 5) Se declare que en la condición de la Unión de Hecho adquirimos a título de bienes gananciales 150 reces que se ubican en la finca de los Lirios del Amparo de los Chiles. 6) Ordene al Registro Público inscriba a mi nombre el 50 por ciento de cada uno de los bienes muebles e inmuebles indicados, toda vez, que de los mismos me corresponde ese 50% a título de bienes gananciales, para lo cual desde ya solicito se remita la orden de estilo “ejecutoriaâ€

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