Sentencia de Tribunal de Familia, 24-11-2021

Número de expediente21-000158-0187-FA
Fecha24 Noviembre 2021
EmisorTribunal de Familia (Costa Rica)
*210001580187FA*
EXPEDIENTE: 21-000158-0187-FA - 5
PROCESO: ABREVIADO DE DIVORCIO
ACTOR/A: [Nombre 001]
DEMANDADO/A: [Nombre 002]
VOTO NÚMERO: 1001 -2021
TRIBUNAL DE FAMILIA. S.J., a las once horas diez minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno.-
Se conoce en esta instancia recurso de Apelación formulado por la apoderada especial judicial del señor [Nombre 001], Licenciada E.W.A., contra la resolución de las dieciséis horas veinticuatro minutos del cuatro de mayo de dos mil veintiuno, emitida por el Juzgado Segundo de Familia de S.J. y;

Considerando:

Único: La apoderada especial judicial del señor [Nombre 001] , Licenciada E.W.A., apela la resolución de las dieciséis horas veinticuatro minutos del cuatro de mayo de dos mil veintiuno, emitida por el Juzgado Segundo de Familia de S.J. -ver expediente electrónico-, recurso de apelación que fue admitido por el A quo, mediante resolución de las quince horas veinticinco minutos del tres de junio de dos mil veintiuno. Posteriormente, mediante escrito de la parte actora (incorporado a la carpeta de apelación el 21 de julio de los corrientes a las 15:55), la parte actora desiste del recurso de apelación por haber convenido acuerdo extrajudicial. En virtud de lo anterior, carece de interés conocer la impugnación incoada. No hay condena en costas en razón de haberse alcanzado acuerdo extrajudicial por las partes.

Por tanto
Se tiene por desistido el recurso de apelación formulado la apoderada especial judicial del señor [Nombre 001], Licenciada Emilia Williams Aguilar, contra la resolución de las dieciséis horas veinticuatro minutos del cuatro de mayo de dos mil veintiuno, emitida por el Juzgado Segundo de Familia de S.J. (Materia Familia). Siendo lo procedente, se ordena devolver el expediente al juzgado de origen para que proceda conforme a derecho corresponda. No hay condena en costas en razón de haberse alcanzado acuerdo extrajudicial por las partes. dcanalesa

*PE947KYYRVKM61*
PE947KYYRVKM61
A.V.S. - JUEZ/A DECISOR/A

*GDQA3GJGAPK61*
GDQA3GJGAPK61
R.S.C. - JUEZ/A DECISOR/A

*45JBWXUJLGC61*
45JBWXUJLGC61
YERMA CAMPOS CALVO - JUEZ/A DECISOR/A
EXP: 21-000158-0187-FA

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