Sentencia de Tribunal de Familia, 30-10-2019
Fecha | 30 Octubre 2019 |
Número de expediente | 16-000273-1152-FA |
Emisor | Tribunal de Familia (Costa Rica) |
Tipo de proceso | DIVORCIO |
*160002731152FA*
EXPEDIENTE:
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16-000273-1152-FA - 2 NUMERO 686-19-2
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PROCESO:
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DIVORCIO
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ACTOR/A:
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[Nombre 001]
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DEMANDADO/A:
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[Nombre 002]
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VOTO NÚMERO: 901 -2019
TRIBUNAL DE FAMILIA
. S.J., a las
dieciséis horas y tres minutos del treinta de octubre de dos mil
diecinueve.-
Proceso ABREVIADO DE DIVORCIO
; establecido por [Nombre 001]
, [...] contra
[Nombre 002], [...]
. Funge como
Apoderado Especial Judicial de la actora el L.enciado J.J.P.H..
RESULTANDO
1.-
El Tribunal, en esta ocasión, se integra con los siguientes jueces y juezas: S.V.V., Alexis Vargas
Soto y Yerma Campos Calvo.
2.
Acciona la señora
[Nombre 003] para que en sentencia se declare disuelto el vÃÂnculo matrimonial que le une al
demandad o por la causal de adulterio y sevicia; que se declaren gananciales los siguientes bienes: El vehÃÂculo placa
[Valor 001], la finca del partido de Limón folio real número
[Valor 002], un derecho de posesión y mejoras realizadas al
inmueble ubicado en Matina de Limón, con una medida aproximada de dos hectáreas y media, que linda norte con
[Nombre 004], sur [Nombre 005], este con [Nombre 006] oeste RÃÂo Barbilla, un derecho de posesión y mejoras sobre el bien
sin inscribir ubicado en Matina, Limón con una medida aproximada de dos hectáreas y que linda norte con
[Nombre 007],sur
[Nombre 008] y [Nombre 009], este [Nombre 007] y oeste [Nombre 010]; solicita como ganancial las mejoras en la finca del
partido de Limón folio real número [Valor 003]
, y en la motocicleta placa número MOT [Valor 004]
; pide se condene al
accionado al pago de daños y perjuicios, valorando el daño moral en la suma de cincuenta millones de
colones; se obligue al demandado al pago de una pensión alimentaria, y en caso de oposición, se condene al demandado
al pago de ambas costas del proceso.-
3.-
El accionado [Nombre 002]
fue notificado el dÃÂa diecisiete de agosto de dos mil dieciséis, contesta e interpone
las excepciones de falta de derecho, de legitimación activa y pasiva: además solicita que se declare sin lugar la
demanda, que si la actora pretende liquidar bienes gananciales, se deben incluir otros bienes que se adquirieron, como
terreno ubicado en [...]; dos lotes ubicados en [...], uno de estos con una casa; chanchera o porqueriza en la que tiene siete
cerdos, tres de ellos adultos y cuatro en crecimiento; una
propiedad...
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