Sentencia de Tribunal de Familia Materia Violencia Doméstica, 02-11-2020

Número de expediente20-000250-1454-VD
Fecha02 Noviembre 2020
EmisorTribunal de Familia Materia Violencia Doméstica (Costa Rica)
Tipo de procesoVIOLENCIA DOMÉSTICA
*200002501454VD*
EXPEDIENTE:
20-000250-1454-VD NUMERO: 471-2020 (3) EV
PROCESO:
VIOLENCIA DOMÉSTICA
SOLICITANTE:
[Nombre 001]
PRESUNTO/A AGRESOR/A:
[Nombre 002]
VOTO NÚMERO 533-2020
TRIBUNAL DE FAMILIA (Materia Violencia Doméstica). S.J., a las quince horas treinta y ocho minutos del dos de noviembre de dos mil veinte.-
SOLICITUD DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN POR VIOLENCIA DOMESTICA establecido por [Nombre 001] , [...], contra [Nombre 002], [...]. Conoce este Tribunal del presente proceso en virtud del recurso de apelación interpuesto por  la parte solicitante  contra la resolución dictada por el Juzgado Contravencional de Tarrazú al ser las diecisiete horas dieciséis minutos del veinticinco de setiembre de dos mil veinte. En esta ocasión el Tribunal está integrado por los Jueces M.C.J., R.S.C. y la J.S.V.V..
R.e.J.C.J.; y,
CONSIDERANDO:
I. El señor [Nombre 001] apeló la resolución de primera instancia que rechazó de plano la solicitud de protección que él formuló. Estima que la sentencia carece de argumentos técnicos y jurídicos que fundamenten adecuadamente los motivos por los cuales se le niega la protección. Afirma que él ha demostrado que se encuentra casado con la señora [Nombre 002], que tiene afectaciones en la salud y una discapacidad por la cual posee movilidad disminuida. Además afirma que hace año y medio, la señora [Nombre 002] propició que él fuera desalojado de su propiedad, la cual fue adquirida antes de que ellos contrajeran matrimonio la cual, además, se encuentra acondicionada para su discapacidad; y que ante la orden judicial, él se vio obligado a vivir en una propiedad que no cuenta con las condiciones de infraestructura para sus padecimientos médicos. Cuestiona las razones por las cuales se le negó la protección, preguntándose si es por ser un hombre así como también se pregunta por cuánto tiempo más tiene que tolerar la situación que vive. Estima que se ha producido violencia patrimonial y física en su perjuicio, que no se analizó las llamadas amenazantes y mortificantes que le hace la señora [Nombre 002] y además considera que la remisión a la vía contravencional resulta discriminatorio. Pide que se le ordene a la señora [Nombre 002] a salir de su propiedad, porque es suya, y que se le prohíba que lo...

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