Sentencia de Tribunal de Familia Materia Violencia Doméstica, 02-11-2020
Número de expediente | 20-000250-1454-VD |
Fecha | 02 Noviembre 2020 |
Emisor | Tribunal de Familia Materia Violencia Doméstica (Costa Rica) |
Tipo de proceso | VIOLENCIA DOMÉSTICA |
*200002501454VD*
EXPEDIENTE:
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20-000250-1454-VD NUMERO: 471-2020 (3) EV
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PROCESO:
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VIOLENCIA DOMÉSTICA
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SOLICITANTE:
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[Nombre 001]
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PRESUNTO/A AGRESOR/A:
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[Nombre 002]
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VOTO NÚMERO 533-2020
TRIBUNAL DE FAMILIA (Materia Violencia Doméstica).
S.J., a las quince horas treinta y ocho minutos
del dos de noviembre de dos mil veinte.-
SOLICITUD DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN POR VIOLENCIA DOMESTICA
establecido por
[Nombre 001] , [...], contra [Nombre 002], [...]. Conoce este Tribunal del presente proceso en virtud del recurso de
apelación interpuesto por la parte solicitante contra la resolución dictada por el Juzgado
Contravencional de Tarrazú al ser las diecisiete horas dieciséis minutos del veinticinco de setiembre de dos mil
veinte. En esta ocasión el Tribunal está integrado por los Jueces M.C.J., R.S.C. y
la J.S.V.V..
R.e.J.C.J.; y,
CONSIDERANDO:
I. El señor [Nombre 001] apeló la resolución de primera instancia que rechazó
de plano la solicitud de protección que él formuló. Estima que la
sentencia carece de argumentos técnicos y jurÃÂdicos que fundamenten
adecuadamente los motivos por los cuales se le niega la protección. Afirma que
él ha demostrado que se encuentra casado con la señora [Nombre 002], que
tiene afectaciones en la salud y una discapacidad por la cual posee movilidad
disminuida. Además afirma que hace año y medio, la señora
[Nombre 002] propició que él fuera desalojado de su propiedad, la cual fue
adquirida antes de que ellos contrajeran matrimonio la cual, además, se
encuentra
acondicionada para su discapacidad; y que ante la orden judicial, él se vio
obligado a vivir en una propiedad que no cuenta con las condiciones de
infraestructura para sus padecimientos médicos. Cuestiona las razones por las
cuales se le negó la protección, preguntándose si es por ser un hombre asÃÂ
como también se pregunta por cuánto tiempo más tiene que tolerar la situación
que vive. Estima que se ha producido violencia patrimonial y fÃÂsica en su
perjuicio, que no se analizó las llamadas amenazantes y mortificantes que le
hace la señora [Nombre 002] y además considera que la remisión a la vÃÂa
contravencional resulta discriminatorio. Pide que se le ordene a la señora
[Nombre 002] a salir de su propiedad, porque es suya, y que se le prohÃÂba que
lo...
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