Sentencia de Tribunal de Familia Materia Violencia Doméstica, 08-02-2021
Número de expediente | 20-001016-0672-VD |
Fecha | 08 Febrero 2021 |
Emisor | Tribunal de Familia Materia Violencia Doméstica (Costa Rica) |
Tipo de proceso | VIOLENCIA DOMÉSTICA |
EXPEDIENTE:
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20-001016-0672-VD - 5 NUMERO: 34-2020 (2) EV
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PROCESO:
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VIOLENCIA DOMÉSTICA
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SOLICITANTE:
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[Nombre 001]
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PRESUNTO/A AGRESOR/A:
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[Nombre 002]
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Redacta el juez S.C.; y
CONSIDERANDO:
I.-AGRAVIOS: Apela la solicitante la sentencia número 363-2020 de las catorce horas treinta y seis minutos del tres de diciembre de dos mil veinte, dictada por el Juzgado de Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de S.J., mediante la cual se levantaron las medidas de protección ordenadas interlocutoriamente.
II.-HECHOS PROBADOS: Se avala el elenco de hechos probados, por atenerse al mérito del expediente.-
III.-HECHOS NO PROBADOS: Se avala el elenco de hechos no probados, por atenerse al mérito del expediente.-
IV.-SOBRE EL FONDO: Los agravios expresados por la recurrente no son de recibo.
Como se puede observar, la solicitante fue debidamente notificada en su casa de habitación. De ahàque al no presentarse a la comparecencia de ley y no aportar prueba que sustente su dicho, es evidente que el a-quo no tuvo más remedio que levantar las medidas de protección.
Aunado a lo anterior, hay que resaltar que la impugnante no acredita haber estado en algún albergue del Instituto Nacional de las Mujeres en Limón, mas, con independencia de ello, según indicó, habrÃÂa salido de ahàel dÃÂa diecisiete de noviembre de de mil...
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