Sentencia de Tribunal de Familia Materia Violencia Doméstica, 18-02-2021

Número de expediente20-000012-1607-VD
Fecha18 Febrero 2021
EmisorTribunal de Familia Materia Violencia Doméstica (Costa Rica)
Tipo de procesoVIOLENCIA DOMÉSTICA
*200000121607VD*
EXPEDIENTE:
20-000012-1607-VD - 0 NUMERO: 65-2021 (3) EV
PROCESO:
VIOLENCIA DOMÉSTICA
SOLICITANTE:
[Nombre 001]
PRESUNTO/A AGRESOR/A:
[Nombre 002]
VOTO NÚMERO 95-2021
TRIBUNAL DE FAMILIA (Materia Violencia Doméstica). S.J., a las dieciséis horas veintisiete minutos del dieciocho de febrero de dos mil veintiuno.-
Solicitud de Medidas de Protección por Violencia Doméstica solicitadas por la el señor [Nombre 001], [...], contra la señora [Nombre 002], [...]. Igualmente la señora [Nombre 002] solicitó medidas a su favor y en contra del señor [Nombre 001]. Conoce este Tribunal del presente proceso en virtud del recurso de apelación interpuesto por el señor [Nombre 001] contra la resolución dictada por el Juzgado Contravencional de M. al ser las trece horas diecisiete minutos del veinticuatro de Diciembre de dos mil veinte. Para conocer del presente asunto, el Tribunal está conformado por el juez M.C.J. y las jueza Shirley Víquez Vargas y S.S.A. .-
Redacta el J.C.J.; y,
CONSIDERANDO
I. El señor [Nombre 001] apeló la sentencia de primera instancia, inconforme porque la señora J. contra la Violencia Doméstica de M. dispuso mantener vigentes las medidas de protección que fueron decretadas a favor de su esposa, la señora [Nombre 002]. Aduce que en ninguno de los hechos que la señora J. consignó como demostrados se le atribuye a él alguna conducta que constituya violencia doméstica. Expresa que la única referencia es que él ingresó a la casa donde ambos vivían sin que ella estuviera presente, pero que él no tenía impedimento alguno para hacerlo. Pide que se mantenga la protección a su favor y que se decrete el cese de las medidas que fueron otorgadas a favor de la señora [Nombre 002], así como, que a ella se la condene al pago de diez millones de colones por concepto de daños y perjuicios.
II. En este proceso se acumularon las solicitudes de protección que recíprocamente, peticionaron el señor [Nombre 001] y la señora [Nombre 002] En la sentencia de primera instancia se mantuvieron vigentes tanto las que peticionó el señor [Nombre 001] como las que peticionó la señora [Nombre 002], y el único apelante es don [Nombre 001] . Desde esta perspectiva, su legitimación para recurrir se restringe a la parte en la que la...

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