Sentencia de Tribunal de Familia Materia Violencia Doméstica, 28-07-2021
Número de expediente | 21-000461-0651-VD |
Fecha | 28 Julio 2021 |
Emisor | Tribunal de Familia Materia Violencia Doméstica (Costa Rica) |
Tipo de proceso | VIOLENCIA DOMÉSTICA |
*210004610651VD*
EXPEDIENTE:
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21-000461-0651-VD - 6 INTERNO 377-21-3(EV)
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PROCESO:
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VIOLENCIA DOMÉSTICA
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SOLICITANTE:
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[Nombre 001]
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PRESUNTO/A AGRESOR/A:
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[Nombre 002]
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VOTO NÚMERO -2021
TRIBUNAL DE FAMILIA (Materia Violencia Doméstica). S.J., a las diecisiete horas quince minutos
del veintiocho de julio de dos mil veintiuno.-
Solicitud de medidas de protección establecidas por
[Nombre 001],
[...] y a cumplir por [Nombre 002]
[...]. La primera acompañada de la Licda. M.A.A.C., carné 24336 y el segundo de la Licda
Y.M.M., carné 10903.
Conoce este Tribunal del presente proceso en virtud del recurso de apelación interpuesto por el obligado
contra la
resolución dictada por el Juzgado de Violencia Doméstica de H. al ser las catorce horas cincuenta y cinco
minutos del treinta y uno de Mayo de dos mil veintiuno.-
Redacta el juez S.C.; y,
CONSIDERANDO
I.-AGRAVIOS: Apela el obligado la sentencia número 2021000366 de las catorce horas cincuenta y cinco
minutos del treinta y uno de de mayo de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Violencia Doméstica de
H., mediante la cual se confirmaron las medidas de protección ordenadas interlocutoriamente.
Las inconformidades del recurrente son las siguientes:1) que la sentencia recurrida confirmó las medidas de
protección, con base en una fotografÃÂa vieja, de la cual no se puede afirmar que él sea agresor; 2) que en relación
con el tatuaje que se hizo sobre el nombre de [Nombre 001], no fue hecho para amenazarla, ya que ni siquiera se lo
ha mostrado; 3) que se le resta credibilidad al testimonio de [Nombre 006], por el hecho de que utilizó
voz baja, lo cual simplemente refleja su modo de hablar y personalidad, mas a esta deponente le consta,
efectivamente, que nunca se dieron discusiones fuertes entre las partes; 4) que ciertamente él padeció de depresión
cuando era niño, pero tal situación no lo convierte en un agresor y 5) que nunca agredió a
[Nombre 001].
Por lo anterior, pretende se revoque la sentencia recurrida y se levanten las medidas de protección.-
II.-HECHOS PROBADOS: Se avala el elenco de hechos probados, por atenerse al mérito del
expediente, salvo el número 5, el cual se elimina.-
III.-HECHO NUEVO ACREDITADO: Se elimina este acápite.-
IV.-HECHOS NO PROBADOS: Se avala el elenco de hechos no probados, por atenerse al mérito del...
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