Sentencia de Tribunal de Familia Materia Violencia Doméstica, 18-11-2021

Número de expediente21-000095-1486-VD
Fecha18 Noviembre 2021
EmisorTribunal de Familia Materia Violencia Doméstica (Costa Rica)
Tipo de procesoVIOLENCIA DOMÉSTICAVIOLENCIA DOMÉSTICA
*210000951486VD*
EXPEDIENTE:
21-000095-1486-VD - 0 INTERNO 553-21(2) EV21-000095-1486-VD - 0 INTERNO 553-21(2) EV
PROCESO:
VIOLENCIA DOMÉSTICAVIOLENCIA DOMÉSTICA
SOLICITANTE:
[Nombre 001]
PRESUNTO/A AGRESOR/A:PRESUNTO/A AGRESOR/A:
[Nombre 002]
VOTO NÚMERO: 934 -2021
TRIBUNAL DE FAMILIA (Materia Violencia Doméstica). S.J., a las nueve horas treinta y cuatro minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veintiuno.-
Proceso de violencia doméstica establecido por [Nombre 001], [...] contra [Nombre 002], [...]. Conoce este Tribunal del presente asunto en virtud del recurso de apelación interpuesto por la solicitante contra la resolución dictada por el Juzgado de Violencia Doméstica de Palmares, al ser las nueve horas cuarenta y dos minutos del trece de agosto del dos mil veintiuno.-
Redacta el juez V.S. ; y,
CONSIDERANDO
I.- Mediante la sentencia número 20-21000205 dictada oralmente y luego transcrita por el Juzgado de Violencia Domestica de Palmares a las nueve horas y cuarenta y dos minutos del trece de agosto del dos mil veintiuno, se ordenó levantar las medidas de protección dispuestas interlocutoriamente a favor de la señora [Nombre 001] y en contra del señor [Nombre 002] , sentencia sobre la cual se alza en tiempo, en esta vía, la parte solicitante. Se agravia por la parte apelante que el Juzgado a quo omitió pronunciamiento sobre los oficios dirigidos al Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor y al Departamento de Trabajo Social, los cuales se encontraban pendientes de trámite y no se podía dictar la sentencia. Que además existió una mala valoración de la prueba, ya que si de demostró la situación de violencia que está pasando.
II.- Analizando los autos, tenemos que, en este asunto, el día once de marzo del dos mil veintiuno la señora [Nombre 001] presento solicitud de medidas de protección por violencia doméstica en contra del señor [Nombre 002], su esposo. Derivada de la misma se dicta la resolución de las nueve horas tres minutos del once de marzo del dos mil veintiuno. En esta resolución se otorgaron medidas de protección a favor de la solicitante, y adicionalmente, en esta resolución se ordenaron dos cuestiones adicionales, por un lado, se ordenó remitir oficio al Consejo Nacional para la persona adulta mayor a efecto de que realizaran una intervención y se tomaran las acciones y abordaje integral a favor del adulto mayor, y por otro lado, se ordenó expedir oficio a la oficina de Trabajo Social de la Clínica de Palmares, con el fin de que se establezca asesoramiento a los familiares del adulto mayor, con respecto al rol de cuido así como de una evaluación que coadyude de requerirse así al mejoramiento en la calidad de vida de la persona adulta mayor, mediante la ejecución de dicho rol, así como brindar seguimiento al caso según las políticas de la institución....

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