Sentencia de Tribunal de Familia Materia Violencia Doméstica, 20-02-2023
Emisor | Tribunal de Familia Materia Violencia Doméstica (Costa Rica) |
Fecha | 20 Febrero 2023 |
Número de expediente | 22-000694-1004-VD |
Tipo de proceso | VIOLENCIA DOMÉSTICAVIOLENCIA DOMÉSTICA |
EXPEDIENTE:
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22-000694-1004-VD - 0 INTERNO 644-22(2) EV22-000694-1004-VD - 0 INTERNO 644-22(2) EV
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PROCESO:
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VIOLENCIA DOMÉSTICAVIOLENCIA DOMÉSTICA
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SOLICITANTE:
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[Nombre 001]
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PRESUNTO/A AGRESOR/A:PRESUNTO/A AGRESOR/A:
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[Nombre 004]
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Redacta la jueza C.C., y;
CONSIDERANDO
PRIMERO: La señora [Nombre 001] se presentó al JUZGADO FAMILIA, PENAL JUVENIL Y VIOLENCIA DOMÉSTICA DE TURRIALBA (Materia Violencia Doméstica) a solicitar medidas de protección en contra de [Nombre 004] , quien la agredió verbal y físicamente. A la señora [Nombre 001] se le otorgaron en forma interlocutoria, las medidas señaladas en el artículo 3 de la ley contra la Violencia Doméstica como J y Q.
Al ser notificada de las medidas establecidas en su contra, la señora [Nombre 015] solicitó que se llevara a cabo la audiencia de ley, a la cual asistieron las partes y se recibió la declaración de un testigo. En sentencia a las catorce horas cero minutos del veintidós de noviembre de dos mil veintidós, se revocaron las medidas de protección otorgadas en forma interlocutoria, al no existir prueba alguna de la agresión.
La señora [Nombre 001] apeló la sentencia alegó que la jueza a quo no aplicó el principio in dubio pro victima. Tampoco analizó que existe dependencia económica de la solicitante hacia el esposo ni se tomó en cuenta que sí se presentan los elementos que configuran la violencia doméstica no sólo de la hijastra, sino también de su esposo. Considera que no hubo análisis fáctico ni jurídico de los hechos y por ello solicita que se declare la nulidad de la sentencia o que se revoque y se ordene mantener las medidas de protección otorgadas a doña [Nombre 001].
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