Sentencia nº 21-002929-0031-DI de Tribunal de la Inspección Judicial, de 7 de Septiembre de 2021

Fecha de Resolución 7 de Septiembre de 2021

*210029290031DI*

EXPEDIENTE:
21-002929-0031-DI
CONTRA:
[Nombre 001]
OFENDIDO:
[Nombre 001]
VOTO N° 2021003101
TRIBUNAL DE LA INSPECCIÓN JUDICIAL. S.J., al ser las once horas cuarenta y cuatro minutos del siete de setiembre de dos mil veintiuno.-
Solicitud de desestimación, formulada por el Inspector Judicial Instructor, M.Sc. D.M.A., dentro de las presentes diligencias Este voto se dicta de manera unipersonal por este Tribunal Disciplinario, de conformidad con el artículo 60 de la Sesión 62-2012 del 28 de junio del 2012 del Consejo Superior y las circulares 87 y 143 ambas del 2010 del Consejo Superior del Poder Judicial.
CONSIDERANDO
I.- Solicita el Inspector Judicial Instructor, M.Sc. D.M.A., se desestime la queja, en los términos que de seguido expone:
"SOLICITUD DE DESESTIMACIÓN
Expediente:
21-002929-0031-DI.
Fecha de conocimiento de queja:
10/08/2021
Quejoso (a):
[Nombre 001]
Encausado (a):
Juzgado de Violencia Doméstica de [...]
Fecha en que finalizó la investigación:
20/08/2021.
Síntesis de la denuncia:
En fecha 10 de agosto del 2021, el señor [Nombre 001] interpuso una queja en contra del Juzgado de Violencia Doméstica de [...] con base en los siguientes hechos:
"Reciban un cordial saludo, la presente es para solicitar su intervención, ya que, en el proceso N° 21-000320-1361-VD, que se lleva en el Juzgado de Violencia Doméstica de [...] , en fecha 5 de julio del 2021 se concluyó con la audiencia oral que definía el mantenimiento o no de unas medidas de protección, dando en ese acto un plazo de 3 días para conocer la prueba documental y audiovisual. El artículo 14 de la Ley de Violencia Doméstica dispone que: "Evacuada la prueba, la comparecencia se dará por concluida y el juzgado resolverá, de inmediato, si las medidas aplicadas se mantienen en ejecución o no". Sin embargo, hasta el día de hoy (10 de agosto del 2021) no se cuenta con esa resolución, a más de un mes de haberse culminado con la audiencia oral. Los días 22 y 23 de julio del 2021, me comuniqué por teléfono con el despacho para consultar por el estado del expediente, pues como se ha indicado, el proceso está para que se emita sentencia, no obstante, me manifestaron que el expediente lo tiene la coordinadora para pasarlo a la...

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