Socios en peligro

Como parte del concepto de obligación y de las relaciones entre los acreedores y los deudores, la norma ha sido que el patrimonio del deudor responde en forma total por sus deudas.Sin embargo, en el ámbito del derecho comercial y, sobre todo, con la aparición de las sociedades mercantiles capitalistas, este principio se viene a romper, hasta el punto de separar una parte del patrimonio de una persona por medio de una sociedad y que esta sociedad funcione de modo que la suerte de la empresa en nada afecte al socio y, a la vez, que la suerte del socio en nada afecte a la sociedad.Así, la constitución de sociedades anónimas o de sociedades responsabilidad limitada, tenía como atractivo para los socios la seguridad de que, en el peor de los casos y ante el fracaso económico de la empresa, su pérdida patrimonial se limitaría a sus aportes o a las suma que tuvo que pagar por adquirir sus cuotas o acciones dentro de dicha figura jurídica.Estos conceptos, sobre los cuales muchas personas decidieron organizar todo o parte de su patrimonio, podrían tener importantes cambios a partir de la entrada en vigencia de la Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria, la cual...

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