Solicita a los operadores públicos de electrificación rural que prestan servicios de generación, transmisión, distribución y comercialización de electricidad presentar requerimientos específicos de información regulatoria de calidad de electricidad, de 22 de Junio de 2018

EmisorAutoridad Reguladora de Los Servicios Públicos

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

INTENDENCIA DE ENERGÍA

RIE-056-2018 del 22 de junio de 2018.-Simplificación de Requerimientos en los Formatos de Índices de Calidad de la Energía Eléctrica, para Empresas Públicas, Municipales y Cooperativas de Electrificación rural, que prestan servicios de suministro de electricidad en costa rica. OT-233-2018.

Resultando:

I.-Que, el 23 de abril de 2015, la Junta Directiva de Aresep, mediante resolución RJD-069-2015 emitió la norma técnica ARNT-SUMEL, "Supervisión y uso, funcionamiento y control de medidores de energía eléctrica", misma que fue modificada el 21 de setiembre de 2015, mediante resolución RJD-206-2015.

II.-Que, el 23 de abril de 2015, la Junta Directiva de Aresep, mediante resolución RJD-070-2015 emitió la norma técnica ARNT-SUCAL, "Supervisión de la calidad del suministro en baja y media tensión", misma que fue modificada el 21 de setiembre de 2015, mediante resolución RJD-205-2015.

III.-Que, el 23 de abril de 2015, la Junta Directiva de Aresep, mediante resolución RJD-071-2015 emitió la norma técnica ARNT-SUINAC, "Supervisión de la instalación y equipamiento de acometidas eléctricas" misma que fue modificada, el 21 de setiembre de 2015, mediante resolución RJD-207-2015.

IV.-Que, el 23 de abril de 2015, la Junta Directiva de Aresep, mediante resolución RJD-072-2015 emitió la norma técnica ARNT-SUCOM, "Supervisión de la comercialización del suministro eléctrico en baja y media tensión" misma que fue modificada el 21 de setiembre de 2015, mediante resolución RJD-208-2015, y posteriormente modificada el 18 de febrero de 2016 mediante resolución RJD-030-2016.

V.-Que, el Proceso de Calidad de Electricidad de la Intendencia de Energía, en cumplimiento de las normas técnicas vigentes (AR-NT-SUCOM, AR-NT-SUCAL, AR-NT-SUMEL y AR-NT-SUINAC) debe implementar, en el cumplimiento de sus funciones, los formatos estándar para el reporte de indicadores de calidad de la energía eléctrica en todas sus etapas.

VI.-Que el Proceso de Calidad de Electricidad programó sesiones de socialización de los nuevos formatos de requerimientos de información de calidad de electricidad con las empresas reguladas, como consta en el OT-233-2018 del folio 02 al 09 y del 19 al 24.

Considerando:

I.-Que, el artículo 4 de la Ley 7593 dispone que son obligaciones de la Autoridad Reguladora: [.] d) Formular y velar porque se cumplan los requisitos de calidad, cantidad, oportunidad, continuidad y confiabilidad necesarios para prestar en forma óptima, los servicios públicos sujetos a su autoridad.

II.-Que, el artículo 5 inciso a) de la Ley 7593, de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep), declara el suministro de energía eléctrica, en las etapas de generación, transmisión, distribución y comercialización, como servicios públicos regulados por esta entidad.

III.-Que, el artículo 6 de la Ley 7593 dispone que son obligaciones de la Autoridad Reguladora: [.] a) Regular y fiscalizar contable, financiera y técnicamente, a los prestadores de servicios públicos, para comprobar el correcto manejo de los factores que afectan el costo del servicio [.].

IV.-Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 7593, es obligación de los prestadores de los servicios públicos: [.] a) Cumplir con las disposiciones que dicte la Autoridad Reguladora en materia de prestación del servicio, de acuerdo con lo establecido en las leyes y los reglamentos respectivos [.] c) Suministrar oportunamente, a...

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