Tarifas para el pago de arrendamiento de vehículos (kilometraje), de 9 de Febrero de 2015

EmisorContraloría General de la República

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA RESOLUCIONES

R-DC-0013-2015 (DC-0030).-Contraloría General de la República. Despacho Contralor. San José, a las catorce horas del nueve de febrero de dos mil quince.

Considerando:

I.-Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 131, inciso l), del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa (Decreto Ejecutivo Nº 33411-H de 27 de setiembre de 2006), corresponde a esta Contraloría General la fijación periódica de las tarifas por concepto de arrendamiento de vehículos a funcionarios de la Administración.

II.-Que esta Contraloría General, en el ejercicio de sus atribuciones, procedió a la actualización de las mencionadas tarifas con base en el comportamiento mostrado por las variables, según lo dispuesto en el artículo 131 inciso l) del citado Reglamento y el ordenamiento jurídico vigente.

Resuelve:

Fijar las tarifas por concepto de arrendamiento de vehículos a funcionarios de la Administración a que se refiere el artículo 131, inciso l) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa (Decreto Ejecutivo N° 33411-H de 27 de septiembre de 2006), y que podrán ser pagadas por la Administración siempre y cuando se cumplan las condiciones que en ese mismo inciso se establecen, en los montos que seguidamente se detallan, y que están expresados en colones por kilómetro recorrido:

Antigüedad del vehículo en años

Vehículo rural1

Vehículo liviano2

Motocicleta

Gasolina

Diesel

Gasolina

Diesel

A3

B4

0

236.99

223.46

154.14

205.59

187.82

54.84

1

211.01

197.67

139.03

183.04

168.13

51.87

2

196.03

182.68

130.36

170.00

156.76

50.30

3

187.63

174.16

125.55

162.67

150.38

49.57

4

183.19

169.53

126.06

158.76

146.98

49.36

5

181.11

167.23

121.95

156.91

145.38

49.36

6

180.45

166.32

121.67

156.27

144.85

49.36

7

174.57

160.28

118.32

151.11

140.37

49.36

8

169.43

154.97

115.42

146.60

136.45

49.36

9

164.96

150.32

112.90

142.67

133.03

49.36

10 y más

161.09

146.27

110.74

139.25

130.07

49.36

1Quedan incluidos dentro de la categoría de vehículos rurales, los que cumplan simultáneamente con los siguientes tres requisitos:

. Que su carrocería sea tipo rural, familiar o "pick up".

. Que su motor sea de más de 2.200 (dos mil doscientos) centímetros cúbicos.

. Que sea de doble tracción.

2Todos los vehículos que no clasifiquen dentro de la categoría...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR