Tesoro Directo gana fuerza pero sofoca a los puestos de bolsa

Tesoro Directo (TD) -la plataforma electrónica de negociación directa de títulos valores entre el Ministerio de Hacienda y las instituciones públicas- cumplió un año de operación pero la hoguera de críticas por parte de los puestos de bolsa sigue encendida como en el primer día.

El mecanismo es utilizado por el Gobierno para atender sus necesidades de financiamiento de forma directa con los inversionistas y, por tanto, sin la necesidad de acudir a la Bolsa Nacional de Valores (BNV) ni a la intermediación de un puesto de bolsa.

El deterioro de la liquidez y la falta de transparencia en la formación de precios son las principales chispas que mantienen la discusión ardiendo.

Empero, Hacienda ha defendido sus beneficios, entre ellos, el que los títulos se emiten a la medida del inversionista y pueden ser redimidos anticipadamente.

Las cuestionamientos no han detenido el uso que Hacienda le dio al mecanismo. En 2016, el volumen transado logró casi triplicar lo ejecutado el año previo.

Inicialmente, la oferta del sistema incluía únicamente títulos de deuda individuales, denominados Over The Counter (OTC), lo que causó roces inmediatos por la nula bursatilidad que tienen, pues no pueden ser negociados en el mercado secundario. Sin embargo, ya se incluyeron también los bonos estandarizados.

LEA: Hacienda ofrecerá títulos estandarizados mediante Tesoro Directo

Empero, la inclusión de este tipo de valores no apagó los señalamientos, pues los puestos cuestionan la necesidad de utilizar TD, cuando la Bolsa ya les funciona bien y les resulta gratuito.

En medio de las críticas, la Superintendencia General de Valores (Sugeval) inició un estudio sobre la factibilidad legal de TD y ya dio su veredicto.

De entrada, Sugeval explicó que 'en el caso del Ministerio de Hacienda, se consideró que no podría hacer oferta pública de valores de títulos individuales, ya que no existe una ley especial que lo habilite para tal efecto', explicó Carlos Arias, jerarca de Sugeval.

El proceso no se detuvo ahí. La Superintendencia y Hacienda intercambiaron varios oficios para tener claridad en cuanto a la operatividad de las emisiones y procurar que se atendiera el principio de estandarización en las emisiones de oferta pública.

Finalmente, la Sugeval abrió la puerta para que el Hacienda emita valores individuales, al considerarse como una excepción al 'principio de oferta pública de valores', amparado en los artículos 2, de la Ley Reguladora del Mercado de Valores , 7 y 8...

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