Reforma Reglamento para el Trámite de Denuncias e Investigaciones Preliminares en el Banco Central de Costa Rica y sus Organismos de Desconcentración Máxima, de 21 de Marzo de 2012

EmisorBanco Central de Costa Rica

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA La Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica en el artículo 8, del acta de la sesión 5538-2012,

celebrada el 21 de marzo del 2012,

considerando que:

a.- Mediante artículo 11 del acta de la sesión 5351-2007, celebrada el 25 de octubre del 2007, la Junta Directiva aprobó el Reglamento para el Trámite de Denuncias e Investigaciones Preliminares en el Banco Central de Costa Rica y sus Órganos de Desconcentración Máxima, en el cual se establece que el área encargada de las investigaciones preliminares en el Banco Central es el rea de Gestión de Cultura y Clima Laboral, adscrita al Departamento Gestión del Factor Humano, de la División Administrativa.

b.- La Convención Colectiva Suscrita entre el Banco Central de Costa Rica y sus trabajadores, aprobada en mayo del 2010, establece, en el Transitorio 5, lo siguiente:

ÓLa Institución contará con tres meses de plazo,

tras la entrada en vigencia de esta convención, para hacer los estudios necesarios en el rea Gestión de Cultura y Clima laboral y en sus equivalentes de los ODM, para dotarlas de los recursos y el personal idóneos para cumplir a satisfacción las funciones que les asigna el artículo 51 de esta Convención”.

c.- Para atender el citado transitorio la División Gestión y Desarrollo elaboró la Propuesta de cambio organizacional de las investigaciones preliminares en el Banco Central de Costa Rica, mediante la cual se pretende centralizar en el área de Apoyo Jurídico de la División Asesoría Jurídica del Banco las investigaciones preliminares, procesos sancionatorios y procedimientos administrativos del Banco, modificar el descriptivo de puesto del coordinador, trasladar y reclasificar a dicha área la plaza vacante código de ubicación 02-40-40-00-25 y establecer que la unidad de Apoyo Jurídico dependa y reporte directamente a la Gerencia en materia de investigaciones preliminares, procesos sancionatorios y procedimientos administrativos, para mantener la confidencialidad e independencia de criterio.

d.- La propuesta no varía la cantidad de plazas que actualmente posee el Banco. Esto, considerando que el requerimiento de una plaza adicional en el rea de Apoyo Jurídico se pretende atender con el traslado y reclasificación de la plaza vacante código de ubicación 02-40-40-00-25.

e.- El impacto presupuestario de reclasificar la plaza vacante código de ubicación 02-40-40-00-25, de Asistente Servicios Generales 2 a Profesional Gestión Bancaria 3, representa para el...

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