TRANSCRIPCIÓN DE ACUERDO (IN2015074738)
Número de registro | IN2015074738 |
Fecha de publicación | 01 Diciembre 2015 |
TRANSCRIPCIÓN DE ACUERDO
El Consejo Municipal del distrito de Paquera, comunica a la Comunidad en General.
Para su conocimiento y fines consiguientes, por este medio me permito comunicar lo dispuesto por el Concejo Municipal de distrito de Paquera, en la Sesión Ordinaria Nº 939, celebrada el 01 de octubre del 2015. Artículo 8, Mociones. Inciso, A). Que dice:
Inciso A. Moción presentada por los señores Concejales Proponentes: Ronald Mellado Fernández, German Villalobos Barahona-Presidente Municipal, Luis Víquez Galagarza, y la señora Ángela Rosales Peralta, ocupando el puesto de Concejal Propietaria.
Considerandos:
1º—Que acorde a lo dispuesto en el Título VII, Artículo 164 y siguientes del Código Municipal. Ley Nº 7794 del 30 de abril de 1998, publicado en La Gaceta Nº 94 del 18 de mayo de 1998; Artículo 1 de la Ley 8173-Ley General de Creación de Concejo Municipales de Distrito Ley N° 8173 de 7 de diciembre del 2001, Publicada en el Alcance 2-A a La Gaceta N° 7 de 10 de enero de 2002, que dispone: “Artículo 1º—(*) La presente ley regula la creación, la organización y el funcionamiento de los concejos municipales de distrito, que serán órganos con autonomía funcional propia, adscritos a la municipalidad del cantón respectivo. Para ejercer la administración de los intereses y servicios distritales, los concejos tendrán personalidad jurídica instrumental, con todos los atributos derivados de la personalidad jurídica. Como órganos adscritos los concejos tendrán, con la municipalidad de que forman parte, los ligámenes que convengan entre ellos. En dichos convenios se determinarán las materias y los controles que se reserven los concejos municipales. La administración y el gobierno de los intereses distritales se ejercerá por un cuerpo de concejales y por un intendente, con sujeción a los ligámenes que se dispongan. (*) Adicionados los párrafos segundo y tercero del artículo 1 por el artículo 1 de la ley N° 9208, publicada en La Gaceta N° 79 de 25 de abril de 2014.” La negrita es para resaltar-Así como Acuerdo de la Sesión Ordinaria Numero: 34, Inciso V) celebrada el 16 de Setiembre de 2002, Artículo II. Inciso V-Resolución Administrativa número: IM-RSL-187-2014 emitida por el Intendente Municipal en fecha 24 de setiembre de 2014 y Artículos: 28, 32, 33 y 34 de la Ley 5060-Ley General de Caminos Públicos.
2º—Que de conformidad con los artículos 1 y 3 del Código Municipal y 62 todos del Código Municipal, el Municipio es promotor y administrador de los interés de los vecinos residentes en el distrito, de ahí que es deber del...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba