TRASLADO DE LA ATENCIÓN PLENA Y EXCLUSIVA DE LA RED VIAL NACIONAL PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA ESTRATEGICA AL MOPT Y LA RED SECUNDARIA NO ESTRATEGICA (SECUNDARIA CANTONAL), TERCIARIA NACIONAL (TERCIARIA CANTONAL) Y LAS RUTAS DE TRAVESIA A LOS GOBIERNOS LOCALES

Fecha de presentación07 Julio 2022
Número de Iniciativa23228
Expiration Date07 Julio 2026
Fecha de publicación28 Julio 2022
Tipo de proyectoPROCEDIMIENTO PROYECTO DE LEY ORDINARIO
Autor de la iniciativaGilberth Jiménez Siles,Luis Fernando Mendoza Jiménez,Pedro Rojas Guzmán,Katherine Andrea Moreira Brown,Geison Enrique Valverde Méndez,Danny Vargas Serrano,Horacio Alvarado Bogantes,Carlos Andrés Robles Obando,Alejandro José Pacheco Castro,María Marta Carballo Arce,Jorge Antonio Rojas López

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PROYECTO DE LEY

TRASLADO DE LA ATENCIÓN PLENA Y EXCLUSIVA DE LA RED VIAL NACIONAL PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA ESTRATÉGICA

AL MOPT Y LA RED SECUNDARIA NO ESTRATÉGICA

(SECUNDARIA CANTONAL) TERCIARIA NACIONAL

(TERCIARIA CANTONAL) Y LAS RUTAS DE

TRAVESÍA A LOS GOBIERNOS LOCALES

GILBERTH JIMENEZ SILES Y OTROS SEÑORES DIPUTADOS

Y SEÑORAS DIPUTADAS

EXPEDIENTE N.° 23.228

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS

UNIDAD DE PROYECTOS, EXPEDIENTES Y LEYES


PROYECTO DE LEY

TRASLADO DE LA ATENCIÓN PLENA Y EXCLUSIVA DE LA RED VIAL NACIONAL PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA ESTRATEGICA

AL MOPT Y LA RED SECUNDARIA NO ESTRATEGICA

(SECUNDARIA CANTONAL), TERCIARIA NACIONAL

(TERCIARIA CANTONAL) Y LAS RUTAS DE

TRAVESIA A LOS GOBIERNOS LOCALES

Expediente N.º 23.228

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

Según lo indicado en el reporte de la Contraloría General de la República, informe número DFOE-CIU-RF-00001-2022, en relación con la gestión para resultados de desarrollo en el modelo de conservación vial de Conavi, indica que, de los análisis efectuados, se determinó que el Conavi no implementa, bajo un enfoque sistematizado, la fase de seguimiento y evaluación de las labores de conservación de la red vial nacional, de manera que permita a través de indicadores de calidad, desempeño, costo y plazo, así como de lecciones aprendidas, entre otros, medir resultados alcanzados, retroalimentar el proceso, y proceso y observar los cambios vinculados con la planificación de las intervenciones, esto como insumo necesario, en la asignación de recursos.

En esa línea, el Conavi en sus intervenciones de conservación, no efectúa evaluaciones del desempeño funcional relacionadas con el confort y seguridad de las vías. No obstante, sobre el desempeño estructural efectúa controles de calidad relacionados con la medición del IRI y control de calidad en la producción y colocación de la mezcla asfáltica caliente (MAC). Lo anterior, se realiza por medio de contratos vigentes con entes privados, los cuales se ejecutan bajo el “Reglamento para la Contratación Especial de Laboratorios de Ensayo para la Obtención de Servicios de Verificación de la Calidad de los Proyectos del Consejo Nacional de Vialidad”. Dichos contratistas tienen la obligación de verificar la calidad de las obras realizadas, según las especificaciones contenidas en el pliego de condiciones y en la frecuencia que regula la normativa nacional vigente. Sin embargo, estos ensayos son utilizados únicamente como factor de pago, y no como un insumo para orientar y guiar a los profesionales responsables en procura de que las carreteras se conserven de manera que se garantice el confort y la seguridad de los usuarios, manteniendo su integridad estructural y protegiendo los bienes que en ellas invierte el país, conforme a objetivos de desempeño previamente definidos. (Fuente: Informe número DFOE-CIU-00001-2022).

Además, se indica textualmente lo siguiente: “El CONAVI, al día de hoy, presenta una situación de incertidumbre en cuanto a las condiciones de las RVN, lo cual incide directamente en la planificación, formulación, asignación de los recursos y ejecución de los proyectos, de manera tal que no es posible garantizar un direccionamiento a una GpRD. Cabe indicar que, CONAVI no ha logrado consolidar un sistema de administración de construcción y mantenimiento de carreteras y caminos, que fundamente los procesos de conservación, tal y como lo establece su Ley de Creación N.° 7798, ni a la implementación de otros modelos de intervención de la red vial diferente al de precios unitarios, orientados a garantizar niveles óptimos de servicio”.

Este es un preámbulo que da fortaleza y brinda una oportunidad real de trasladar estas competencias al Ministerio de Obras Públicas y Transportes y a los gobiernos locales, donde estos últimos han demostrado tener las capacidades para ejecutar las obras y han mejorado sin duda alguna la red vial cantonal. Como ya es de conocimiento, los gobiernos locales, son en primera línea quienes tienen a cargo y conocen las necesidades y fortalezas de la administración de los intereses y servicios locales en cada cantón.

Aun así, sabiendo esto, los recursos y la totalidad de las competencias no han sido asignadas a las municipalidades, por las razones que sean, no se ha logrado una descentralización real en la administración pública, provocando de esta manera, que teniendo una opción más económica y con mayor eficiencia en ejecución de recursos, siga centralizándose lo referente al mantenimiento, reparación y embellecimiento de las vías principales del país; y no solo de centralización estamos hablando, sino también de una ventana abierta a la corrupción y al tráfico de influencias a la hora de licitar, que empresa va a adjudicarse el contrato, como el caso “Cochinilla”, muy sonado en nuestro país en el año 2021, esto es un tema que puede erradicarse debido a los índices de transparencia que poseen las corporaciones municipales, tanto por la evaluación que estas mismas hacen a nivel de los impactos que han tenido las acciones planificadas, y la segunda por medio de la rendición de cuentas, donde los alcaldes o alcaldesas, deben rendir semestralmente a los concejos municipales, para posteriormente, ser presentado a los vecinos y vecinas del cantón, por lo tanto podemos inferir de ello, que la delegación de nuevas competencias a los gobiernos locales en un tema tan sensible e importante para el desarrollo del país como lo son sus carreteras, promueve la descentralización y facilita un mayor dinamismo y economía en el manejo y atención de esta infraestructura, que es sin duda alguna, una de las más importante para Costa Rica, como para las comunidades y cantones.

Hace unos años atrás, se logró una descentralización parcial, cuando se determinó que del 29% que recibía el Conavi de la recaudación proveniente del impuesto único a los combustibles, se destinaría un 25% para la conservación de los caminos cantonales y vecinales estipulados en la Ley 8114, con lo cual se ha intervenido y mejorado la red vial cantonal, que antes de eso, poseía un deterioro alarmante, ya que, a pesar de la existencia de recursos, no había el suficiente personal ni el tiempo para trabajar estas rutas, por lo cual se le transfirieron las competencias y recursos a los gobiernos locales, quienes a pesar de sus limitaciones en algunos casos, han demostrado tener la capacidad para intervenir las rutas y ahorrar costos sobre las mismas, lo que no pasaba con el Conavi.

Este proyecto busca una descentralización aún más fortalecida, en este caso, la conservación y el mejoramiento de las carreteras definidas como primarias nacionales, secundarias nacionales estratégicas y terciarias nacionales estratégicas serían trasladadas o al Ministerio de Obras Públicas y Transportes; en temas de mantenimiento, reparación y rehabilitación de la red vial secundaria nacional no estratégica (a denominarse red vial secundaria cantonal), red vial terciaria nacional no estratégica (a denominarse red vial terciaria cantonal) y rutas de travesía, busca brindar las competencias y los recursos al MOPT y a los gobiernos locales, para que estos de ahora en adelante se encarguen de todo lo referente a estas dos redes viales trascendentales para el país. Es por este motivo, que el MOPT y las municipalidades podrán invertir los recursos económicos asignados en virtud de esta ley, en la adquisición y arrendamientos de bienes muebles e inmuebles que sean necesarios para cumplir con los objetivos de esta ley.

Actualmente la red vial nacional, según la Ley 5060, se define en los siguientes términos:

  1. Carreteras primarias: red de rutas troncales, para servir de corredores, caracterizados por volúmenes de tránsito relativamente altos y con una alta proporción de viajes internacionales, interprovinciales o de larga distancia. Rutas de la 1 a la 99, con un total de 2.027,26 Kilómetros.

  1. Carreteras secundarias: rutas que conecten cabeceras cantonales importantes -no servidas por carreteras primarias- así como otros centros de población, producción o turismo, que generen una cantidad considerable de viajes interregionales o intercantonales. Rutas de la 100 a la 299, conformada por 2.757,94 Kilómetros

  1. Carreteras terciarias: rutas que sirven de colectoras del tránsito para las carreteras primarias y secundarias, y que constituyen las vías principales para los viajes dentro de una región, o entre distritos importantes. Rutas de...

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