Tributación define trámite para exonerar IVA a viajeros nacionales y turismo de congresos

La Dirección General de Tributación puso en consulta, este martes 4 de junio, una nueva resolución en la cual detalla cómo se devolvería el IVA a los costarricenses que consuman servicios transfronterizos, como por ejemplo, Airbnb o Netflix, y otros intangibles.Además, el documento aclara cómo se exoneraría de este impuesto a los extranjeros que asistan a ferias, congresos y exposiciones de carácter comercial en Costa Rica.En el caso de los servicios transfronterizos, que son aquellos que se ofrecen por medio de plataformas digitales, como Airbnb, Trivago o Netflix (Tributación definirá una lista este mes) los tarjetahabientes deberán cumplir una lista de requisitos para solicitar la devolución.Dicho trámite incluye el uso del formulario D402 y presentar la siguiente documentación: la factura o comprobante de pago; la certificación del agente de percepción (emisor de la tarjeta); certificación emitida por la Dirección General de Migración y Extranjería que demuestre la salida y entrada del territorio nacional del tarjetahabiente, y copia del pasaporte donde se corrobore la salida y entrada del territorio nacional.En el caso de extranjeros que adquieran servicios en Costa Rica relacionados con ferias, congresos y exposiciones de carácter comercial o profesional, como entradas a los eventos, hoteles, restaurantes y transporte vinculados con la actividad, los organizadores primero deben registrarse en el sistema Exonet de Hacienda.Para ello deben llenar el formulario de solicitud de exoneración de impuestos, aportar la lista de participantes no domiciliados en Costa Rica con el pasaporte y la nacionalidad, dar información sobre fecha, duración y lugar del evento; aportar...

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