UNIÓN NACIONAL DE GOBIERNOS LOCALES DIRECCIÓNEJECUTIVA

Número de registroIN2020488023
Fecha de publicación07 Octubre 2020
EmisorRégimen Municipal

UNIÓN NACIONAL DE GOBIERNOS LOCALES

DIRECCIÓNEJECUTIVA

En la Asamblea Nacional Ordinaria N° 01-2020, celebrada el día 31 de julio de 2020 de manera virtual, se toman los siguientes acuerdos:

Acuerdo 28-2020

Se acuerda dar por aprobada la reforma al artículo 25 que dice:

Artículo 25.—El director o directora que se ausente injustificadamente a las sesiones del Consejo Directivo por más de cuatro sesiones en un semestre, contado este semestre a partir de su nombramiento en dicho órgano será destituido inmediatamente del seno del Consejo Directivo previa notificación. Así también, cuando un director o directora pierda su credencial expedido por el Tribunal Supremo de Elecciones que le su periodo como autoridad local.

acredita su cargo para desempeñar Los Directores y directoras deberán justificar sus ausencias con un documento idóneo en los siguientes casos: incapacidad por enfermedad, vacaciones, muerte de un familiar hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad, por asistencia a asuntos judiciales, por asistencia a comisiones en representación de la UNGL previo acuerdo del órgano, por salidas fuera del país en representación de la municipalidad o UNGL, por sanción expresa que limite sus funciones y capacidades, en caso de no poseer documento idóneo quedara como ausencia injustificada.

Que se haga su publicación en La Gaceta y comunicar a la Contraloría General de la República.

Acuerdo 29-2020

Se acuerda dar por aprobado el transitorio III para que se incluya en los estatutos de la Unión Nacional de Gobiernos Locales, el cual literalmente dice:

Autorizar la incorporación de la Municipalidad de Río Cuarto de Alajuela como organización afiliada la Unión Nacional de Gobiernos Locales, de forma adhonorem en el pago de sus cuotas de afiliación por los periodos 2020 y 2021. Esto por ser la más reciente incorporación al régimen municipal dado que tienen 3 meses de funcionamiento. Lo anterior para brindar acompañamiento en la implementación de sus procesos iniciales de funcionamiento.

Que se haga su publicación en La Gaceta y comunicar a la Contraloría General de la República.

Karen Porras Arguedas, Directora.—1 vez.—( IN2020488023 ).

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