Sentencia nº 00738 de Sala 1ª de la Corte Suprema de Justicia, de 2 de Octubre de 2002

PonenteNo consta
Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2002
EmisorSala Primera de la Corte Suprema de Justicia
Número de Referencia00-000757-0163-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso de ejecución de sentencia

SALA PRIMERA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.San J., a las catorce horas cincuenta y cincominutos del dos de octubre deldos mil dos.

En el proceso de ejecución de sentencia establecido en el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, por W.S.A., contra Universidad de Costa Rica, ambas partes formulanrecurso de casación contra la sentencia dictada por el Tribunal Contencioso Administrativo, Sección Segunda, a las 10 horas15 minutos del 23 de agosto del año 2002, y; CONSIDERANDO

I.-

En procesos de ejecución de sentencia, por expresa disposición del artículo 704 del Código Procesal Civil,la competencia de esta S. contrae a determinar si el fallo recurrido es contrario a la sentencia ejecutoriada, por lo mismo aquella norma obliga indefectiblemente, como requisito de admisibilidad y procedencia, a reclamar la violación de las leyes relativas al valor de la cosa juzgada. Reiteradamente, esta S. ha dicho que el examen consiste en cotejar las dos sentencias –la ejecutoria y la de ejecución- para determinar siexiste o no disonancia.Los recurrentes lo que aquí hacen es formular censuras como si se tratara de un recurso de casación puro y simple; y en cambio omiten toda referencia a las normasatinentes a la cosa juzgada (artículos 162 y siguientes del Código Procesal Civil); lo que es inexcusable en este tipo de censura.

II.-

En consideración a loanterior los recursos resultan informales y se impone su rechazo.POR TANTO:

Se rechazan de plano ambos recursos.

Rodrigo Montenegro Trejos

Ricardo Zeledón ZeledónLuis Gmo. Rivas Loáiciga

Román Solís ZelayaAnabelleLeón Feoli

Memr.-

Rec: 615-02

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