Sentencia nº 00076 de Tribunal Segundo Civil, Sección II, de 22 de Febrero de 2001

PonenteAna Eugenia Rodríguez Alvarado
Fecha de Resolución22 de Febrero de 2001
EmisorTribunal Segundo Civil, Sección II
Número de Referencia01-000020-0011-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoDeclaratoria de insolvencia

TRIBUNAL SEGUNDO CIVIL, SECCION SEGUNDA

San José, a las nueve horas veinticincominutos del veintidós de febrero del dos mil uno.-

En las DILIGENCIAS DE SOLICITUD DE INSOLVENCIA establecido en el JUZGADO CIVIL DE NICOYA, por BANCO POPULAR Y DESARROLLO COMUNAL y BANCO DE COSTA RICA contra R.J.V. y Y.G.P., en virtud de apelación interpuesta por el coactor Banco de Costa Rica, conoce este Tribunal de la resolución de las quince horas del doce de junio del dos mil, que declara con lugar en todos sus extremos el Incidente de Nulidad de todo lo Actuado y Resuelto que promueven los accionados y condena a la parte vencida al pago de las costas procesales de esta articulación.-

REDACTA la J.R.; Y,

CONSIDERANDO:

I- Para efectos de lo que se resolverá en esta apelación, se elimina el considerando de hechos probados que contiene la resolución apelada.

II- Se elimina también el considerando de hechos indemostrados, debido a la forma como se resolverá esta apelación.

III- Apela el coactor Banco de Costa Rica y expone una serie de argumentos que se refieren a la forma como fue resuelto este incidente, donde el a-quo analiza una serie de argumentos que deberán analizarse al dictarse la resolución de fondo en este asunto. Por ellosin entrar a analizar los motivos de inconformidad que expone la parte recurrente, este Tribunal observa que la resolución recurrida debe revocarse por cuanto acoge el incidente de nulidad de todo lo actuado y resuelto en este expediente planteado por los demandados, por motivos de fondo y no por vicios procesales que son los únicos que podrían dar lugar a acoger el incidente. En su lugar ha de rechazarse el incidente, por cuanto no se observa ningún vicio procesal que haya causado indefensión, que es lo único que podría dar lugar a la declaratoria de una nulidad de conformidad con...

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