Columna Tributaria: ¿Qué suspendió la Sala IV?

La Sala Constitucional suspendió la aplicación de los artículos 144 del Código Tributario, y 182 y 183 del Reglamento de Procedimiento Tributario.El primero establece que el impuesto determinado en el Acto de Liquidación de Oficio (ALO), debe ser pagado o garantizado dentro de los 30 días siguientes a su notificación. Las normas del reglamento regulan requisitos, monto y plazo de las garantías.La suspensión rige mientras se tramitan las acciones de inconstitucionalidad contra esas normas, pero no son suspensiones generales, sino que tienen varios límites.En primer lugar, y contrario a las notas aparecidas en medios de comunicación, esas normas no se refieren a sanciones (multas), sino a impuestos y sus intereses.En segundo lugar, solo se suspende una norma en el sentido en que se acusa su inconstitucionalidad.El aviso de la Sala menciona tres aspectos impugnados: la falta de audiencia previa al dictado del ALO, la ejecutividad del monto determinado aunque se hayan presentado recursos administrativos contra la determinación...

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