Circular nº 032 de Corte Plena del Poder Judicial, 11 de Septiembre de 1991

Fecha de Resolución11 de Septiembre de 1991
EmisorCorte Plena del Poder Judicial

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

CIRCULAR N° 32-91

ASUNTO: Comunicaciones que deben hacerse cuando un empleado sufra algún riesgo de trabajo.

A TODAS LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER:

Quela Corte Plena en sesión celebrada el 22 de julio de este año, artículo CXVI,dispuso comunicarles que de conformidad con los artículos 214 inciso b) y 221del Código de Trabajo, corresponde al Jefe de cada oficina judicial,Departamento o Sección, en el que presta servicio el empleado que sufra unriesgo de trabajo, quien a la mayor y antes del vencimiento del plazo de ochodías hábiles, debe acudir a la oficina más cercana del Instituto Nacional deSeguros a presentar la denuncia del caso, de lo que posteriormente dará cuentaa la Dirección Administrativa, para...

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