Sentencia nº 00368 de Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, de 14 de Febrero de 1992

PonenteJorge Castro Bolaños
Fecha de Resolución14 de Febrero de 1992
EmisorSala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia
Número de Referencia92-000345-0007-CO
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de amparo

AMPARO

VOTO N° 368-92

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. S.J. a las ocho horas con cincuenta y cinco minutos del día catorce de febrero de mil novecientos noventa y dos.

Recurso de AMPARO N° 345-C-92 Interpuesto por R.A.A.G. contra LA JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES MAGISTERIO NACIONAL.

RESULTANDO:

  1. R.A.A.G. recurre en amparo por cuanto la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional contra el criterio de la asesoría legal de la Institución acordó por oficio 11 de octubre de 1991 comunicado por correo denegar su solicitud de que se le retribuyera la pensión el salario en especie y las diferencias en el calculo de las prestaciones por ese concepto que le fuera reconocido por la Sala Segunda de Casación.

R. elM.C.B.; y

CONSIDERANDO:

UNICO: No estamos frente a un recurso de amparo por lo que no puede darse trámite a la gestión de R.A.G.. Efectivamente de su escrito inicial lo que resulta es una cuestión relativa a la ejecución de una resolución Jurisdiccional. Aporta el recurrente documento que confirma lo anterior pues se le comunica que la Junta Directiva de la aquí recurrida acordó "rechazar la recomendación de la Asesoría Legal y denegar la solicitud del señor R.A.A.G. para que se le retribuya en la pensión el salario en especie reconocido al interesado por sentencia dictada por el Tribunal Superior de Trabajo del 14-11-90" -ver folio 8 frente-. En la Vía Ordinaria encontrará remedio al agravio alegado.

POR TANTO:

Se rechaza de plano el recurso.

R. E. Piza E. Presidente a.i. Jorge Baudrit G. Jorge E.

Castro B. Luis Fernando Solano C. Luis Paulino Mora M.

Eduardo Sancho G. José Luis Molina Q . Vernor Perera León

Secretario a.i.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR