Sentencia nº 00098 de Sala 1ª de la Corte Suprema de Justicia, de 9 de Julio de 1997

PonenteNo consta
Fecha de Resolución 9 de Julio de 1997
EmisorSala Primera de la Corte Suprema de Justicia
Número de Referencia97-000098-0004-CC
TipoInterlocutorio
Clase de AsuntoProceso ordinario

SALA PRIMERA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.-

S.J., a las quince horasdiez minutos del nueve de julio de mil novecientos noventa y siete.

En las diligencias promovidas por Banco Interfin S.A., el Juzgado Cuarto Civil de San José se declaró incompetente por razón de la materia y dispuso remitirlo al Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda que por turno corresponda, que resultó ser el Primero, el que discrepó de lo resuelto, por lo que se elevó en consulta a esta Sala.-

Redactael Magistrado Montenegro, y;.

CONSIDERANDO:

Estas diligencias han sido incoadas con el propósito de dilucidar el alcance o la inteligencia de un fideicomiso suscrito entre el Banco Interfin S.A. y Fiduciaria de Inversiones Transitorias S.A. (Fintra), ambas personas jurídicas privadas, y toca en concreto sobre la cuestión de si procede o no el registro en bolsa de determinados derechos fiduciarios, que igualmente pertenecen a privados. La circunstancia de que tales derechos estén referidos a acciones de Cempasa, que es conocidamente una empresa asociada a Codesa, realmente no es trascendente para dilucidar el conflicto porque ni Cempasa ni Codesa tienen interés inmediato y directo en el problema suscitado. Así las cosas lleva razón el Juzgado Primero Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda al estimar que estamos ante un trámite que debe ser conocido en la jurisdicción civil. En consecuencia, procede disponer que el conocimiento de este negocio compete al Juzgado Cuarto Civil de San José.

POR TANTO:

Se revoca la resolución del Juzgado Cuarto Civil de San José y se declara que este asunto es de competencia de dicho Tribunal.

E.V..

Hugo Picado Odio.RodrigoMontenegro T.

Ricardo Zeledón Z.RicardoZamora C.

jfr.

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