Sentencia nº 00592 de Tribunal Agrario, de 10 de Noviembre de 2000

PonenteNo consta
Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2000
EmisorTribunal Agrario
Número de Referencia00-160030-0341-AG
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario

TRIBUNAL AGRARIO. G. alas nueve horas diez minutos del diez de noviembre del dos mil. –

Examinado el presente proceso ordinario, tramitado en el Juzgado Civil en funciones deAgrario de Turrialba, instaurado por la Municipalidad de Turrialba contra C.L. C.S.CONSIDERANDO:

I.-

Observándose un evidente error material en el considerando IV y en la parte dispositiva o por tanto, pues se insertaron datos no correspondientes al expediente,conforme lo autoriza el ordinal 161 del Código Procesal Civil, de oficio este Tribunal procede a corregirlos de la siguiente manera: en el considerando IV.- después de "Partido" y hasta "potrero", se elimina su contenido, debiéndose leer en su lugar lo siguiente: "de Cartago, Folio Real número 61486-000, que es terreno de potrero, con tres edificaciones y un corral, sito en el Distrito Primero, Turrialba del Cantón Quinto de la Provincia de Cartago, con una mediada de 4 hectáreas 532.44 metros cuadrados, por lo cual, al estarse en presencia de un proceso cuya causa lo es un bien de aptitud agraria, lo procedente es rechazar la excepción de falta de competencia por razón de la materia y en consecuencia ordenar remitir los autos al despacho de origen, para que los continúe y fenezca conforme en derecho corresponda. En lo correspondiente al "POR TANTO", después de "el" deberá eliminarse el resto de la frase, para en su lugar leerse de la siguiente manera: "Demandado C.L. C.S.. Se ordena la inmediata remisión de los autos ante el despacho de origen para su continuación y fenecimiento.-

POR TANTO:

Se corrige de oficio el error materialdado en la resolución dictada por este Tribunal a las nueve horas treinta minutos del once de agosto del dos mil que responde al Voto Número...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR