Sentencia nº 00132 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección I, de 9 de Mayo de 2008

PonenteIleana Sánchez Navarro
Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2008
EmisorTribunal Contencioso Administrativo, Sección I
Número de Referencia06-005511-0170-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso de ejecución de sentencia

Nº 132- 2008

TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE HACIENDA. SECCIÓN PRIMERA. SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ. G., a las trece horas treinta minutos del nueve de mayo del año dos mil ocho.-

Proceso de ejecución de sentencia tramitado en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, planteado por Compañía Nacional de Fuerza y Luz, representada por el señor J.L.V.V., casado, abogado, vecino de Sabanilla de Montes de Oca, cédula de identidad número 0-000-000, contra M.F.A., vecino de Pavas, cédula de identidad número 0-000-000. Ambas personas son mayores de edad.-

RESULTANDO

I.-

Estimada en la suma de un millón ciento ochenta y nueve mil quinientos cincuenta y siete colones con treinta y cuatro céntimos, con fundamento en la resolución dictada por el Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José, número 64-NOV-2005, de las trece horas siete minutos del catorce de noviembre del año dos mil cinco, que se ejecuta, el accionante solicita: " 1. Que se declare con lugar en todos sus extremos la presente diligencia de ejecución de sentencia. 2. Que se condene al (a) accionado (a) M.F.A. a cancelar por concepto de daños y perjuicios la suma de Un millón ciento ochenta y nueve mil quinientos cincuenta y siete colones con treinta y cuatro céntimos ( ¢1.189.557,34) a favor de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz. 3. Que se condene al pago de intereses legales futuros de la presente ejecución de sentencia, hasta que los daños sean cancelados. 4. Para garantizar el pago del monto adeudado, solicito se ordene decretar y practicar embargo de inmediato, sobre los bienes del condenado para cubrir el principal adeudado, intereses legales y costas, de estas diligencias, más el 50% de ley, sean las cuentas corrientes y de ahorro en colones o dólares y cuentas electrónicas, que pertenezcan al señor M.F.A. que tuviere en cualquier banco o sucursal del Sistema Bancario Nacional, (BANCO NACIONAL DE COSTA RICA, BANCO DE COSTA RICA Y BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO) También los bancos privados: BANCO IMPROSA, BANCO CENTRO, BANCO BANEX, BANCO UNO, BANCO FINADESA, BANCO ELCA, BANCO INTERFIN, BANCA PROAMERICA, BANCO CATHAY, BANCO CUSCATLAN, BANTEC, BAC SAN JOSE, BANCO SCOTIABANK , así mismo lo que contengan las cajas de seguridad en esos bancos que se encuentren a nombre del demandado, para lo cual pido se extiendan los oficios correspondientes. 5. Solicito se nombre un perito matemático para la valoración de los daños...

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