Sentencia nº 00195 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección IX, de 21 de Febrero de 2012

PonenteBerny Solano Salano
Fecha de Resolución21 de Febrero de 2012
EmisorTribunal Contencioso Administrativo, Sección IX
Número de Referencia11-004381-1027-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoAmparo de legalidad

Expediente:11-004381-1027-CA

Amparo de Legalidad

Actora: F.

Demandado: ElEstado

Nº 195-2012-IX

TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SECCIÓN NOVENA. SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ. G., a las siete horas con cincuenta y cinco minutos del veintiuno de febrero del dos mil doce.-

Amparo de legalidad interpuesto por M.A.Z.C., abogado, en favor de su cliente F., […] contra el Estado, representado por P., según consta en folio 86 del expediente judicial.

RESULTANDO

1- La parte actora interpuso este proceso de amparo de legalidad por considerar vulnerado el derecho de su cliente a un procedimiento administrativo pronto y cumplido, en relación a la solicitud de naturalización presentada el 16 de diciembre del 2010, ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil, la cual a la fecha de la interposición de este proceso no ha sido resuelta.

2- Por resolución de las 09:02 horas del 01 de noviembre del 2011, notificada a todas las partes el 14 de diciembre del 2011 (ver folios del 15 al 20 del expediente judicial), este Tribunal previno a la Administración, en los términos del artículo 35 inciso 2 del Código Procesal Contencioso Administrativo, a fin de cumplir con la conducta acusada como omitida.

3- Por escrito presentado en este Despacho el día 12 de enero de 2012 (ver folio 86 del expediente judicial), la representante del Estado contestó el amparo de legalidad, indicando que la conducta omitida ya fue resuelta y notificada.

4- En los procedimientos se han observado las prescripciones de ley, sin que se noten causales capaces de invalidar lo actuado. Se dicta esta resolución previa deliberación de rigor.

Redacta el J. SolanoS., y

CONSIDERANDO

I- HECHOS PROBADOS: De importancia para resolver este asunto se tienen los siguientes: 1) El 16 de diciembre de 2010, el señor F. presentó solicitud de naturalización ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil (ver folio 12 del expediente judicial); 2) Por resolución número 7474 dictada por el Registro Civil de Costa Rica. Sección de Opciones y Naturalizaciones, a las 13:00 horas del 19 de diciembre del 2011, se resolvió la solicitud de naturalización presentada por el señor F., la cual fue notificada el 21 de diciembre del 2011 (ver folios del 79 al 81 del expediente judicial

II- SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LA CONDUCTA OMITIDA: De conformidad con las disposiciones del artículo 35 inciso 2 del Código Procesal Contencioso...

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