Sentencia nº 00174 de Tribunal de Casación Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, de 27 de Abril de 2010

PonenteJosé Paulino Hernández Gutiérrez
Fecha de Resolución27 de Abril de 2010
EmisorTribunal de Casación Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda
Número de Referencia08-000111-1028-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoExpropiación

Nº 174-2010

TRIBUNALDE APELACIONES DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE HACIENDA, SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE, CALLE BLANCOS, a las quince horas del veintisiete de abril de dos mildiez.

EXPROPIACIÓN seguida ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, por el ESTADO, representado por la Procuradora Adjunta, licenciada M.C.F., cédula número 1-534-094, contra S.G.S., cédula número 1-973-259. Interviene como interesada A.J.D.P., SOCIEDAD ANÓNIMA, representado por su Secretario con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, señor S.J.O., cédula número 1-897-615. Como apoderado especial judicial de esta última, figura el licenciado L.R.G.G., cédula número 1-829-542.

En virtud de recurso de apelación planteado por la parte expropiante, conoce este Tribunal de la resolución # 233-2010 de 09.33 horas de 29 de enero que literalmente dice: “POR TANTO: Se acoge parcialmente la solicitud de readecuación de honorarios de perito que formula R.E.M. y en consecuencia, se fijan sus honorarios en la suma de DOSCIENTOS SETENTA MIL OCHENTA Y OCHO COLONES CON VEINTISEIS CENTIMOS (¢270.088.26). Se rechaza el reconocimiento de gastos de transporte. T. nota de lo establecido en el C.V.N.. L.. J.A.C.T.. Juez” (folios 124 a 126).

REDACTA EL JUEZ J.P.H., y;

Considerando

I.-

Que en el escrito del recurso se puntualizan dos motivos concretos de inconformidad contra lo resuelto por el Juzgado respecto de la readecuación de honorarios del perito, a saber: a) tiempo por actos preliminares, y b) tarifa de hora profesional aplicada.

a.Tiempo de actos preliminares (aceptación del cargo, revisión y fotocopiado del expediente, ordenamiento y análisis de información recopilada en la visita de campo, información recopilada mediante investigación de oficina, redacción y presentación del informe): Como ya lo expresó este órgano colegiado en resolución #172-2010 de 15.00 horas de 26 de abril, no se comparte el argumento de la expropiante, en razón de que la Ley de Expropiaciones establece en su numeral 35 la obligación del profesional designado como perito de comparecer personalmente ante el Juzgado a aceptar el cargo, dentro del plazo de ocho días, con las consecuencias legales en su omisión. A partir de la aceptación del cargo inicia para él su vínculo con la justicia, lo que comprende la revisión del caso y su posterior fotocopiado, si fuere necesario, insumo básico para revisar el avalúo administrativo (artículos 22 y 36 de la...

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