Sentencia nº 01665 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José, de 23 de Agosto de 2012

PonenteRosaura Chinchilla Calderón
Fecha de Resolución23 de Agosto de 2012
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José
Número de Referencia06-024335-0042-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de apelación

Res: 2012-1665 Exp: 06-024335-042-PE (7) TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL.

Segundo Circuito Judicial de San José.

G., a las once horas del veintitrés de agosto de dos mil doce.

RECURSO interpuesto en la presente causa seguida contra K., […] por TREINTA Y UN DELITO S DE FALSEDAD IDEOLÓGICA EN CONCURSO MATERIAL, en perjuicio de C. y OTROS.

Intervienen en la decisión del recurso, las juezas R.C.C. y L.G.V. y el juez E.S.D.. Se apersonaron en esta sede, la encartada, patrocinándose a sí misma; el licenciado D.B.S., abogado de la Oficina de Defensa Civil de la Víctima y la licenciada H.J.S., fiscal del MInisterio Público y, RESULTANDO :

1 . Que mediante sentencia Nº 72-2012 de las dieciséis horas del veintisiete de febrero de dos mil doce, el Tribunal Penal de Juicio del Primer Circuito Judicial de San José, resolvió:

"POR TANTO: De conformidad con lo expuesto, leyes citadas; artículos 39 y 41 de la Constitución Política; 8 inciso 1) de la Convención Americana de Derechos Humanos; 10 de la Declaración Americana de Derechos Humanos; 9 inciso 2) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 1 a 6, 11, 16, 18, 22, 30, 31, 45, 50, 51, 71 , 73, 74, 76, 103, 360 en relación con el 359 del Código Penal; 1 a 6, 8, 9, 37, 39, 40, 41, 45, 111 a 116, 119, 142, 144, 181 a 184, 239, 258, 265 a 267, 269, 341 a 358, 360, 361, 363 a 368, 376 a 379, 479, 48 3 del Código Procesal Penal; 122, 12 5 de las Reglas Vigentes sobre Responsabilidad Civil del Código Penal de 1941; 1045 del Código Civil; 45 en relación con el 18 .1.a) del Arancel de Honorarios por Servicios Profesionales de Abogacía y Notariado número 32493-J, de 5 de agosto de 2005; con la totalidad de sus votos, el Tribunal resuelve: Con base en el principio universal del In Dubio Pro Reo, SE ABSUELVE DE TODA PENA Y RESPONSABILIDAD A K.

por CUATRO DELITOS DE FALSEDAD IDEOLÓGICA EN CONCURSO MATERIAL, que en perjuicio de J., M., J. Q.

y M.T..

se le venían atribuyendo. En cuanto a estas causas, se resuelve sin especial condenatoria en costas en lo penal. Asimismo, SE DECLARA A K. AUTORA RESPONSABLE DE TREINTA Y UN DELITOS DE FALSEDAD IDEOLÓGICA EN CONCURSO MATERIAL , en perjuicio de […] y , en tal concepto, se le impone el tanto de CIENTO OCHENTA Y SEIS AÑOS DE PRISIÓN , los cuales de conformidad con las reglas del Concurso material se READECUAN a DI E CIOCHO AÑOS DE PRISIÓN , pena que deberá descontar en el lugar y forma que determinen los respectivos reglamentos carcelarios, previo abono de la preventiva sufrida si la hubiere. Son las costas en lo penal a cargo de la condenada.

SOBRE ACCIÓN CIVIL RESARCITORIA: Se declara n con lugar la s acci o n es civil es resarcitoria s presentadas por los actores civiles […] , representados por la licenciada K.Z., de la oficina de la Defensa Civil de la Víctima del Ministerio Público, contra la demandada civil K., acogiéndose los siguientes montos : a.- Por daño moral: la suma de UN MILLÓN DE COLONES para cada uno de los actores civiles mencionado , para un total de SEIS MILLONES DE COLONES. b.- Por costas personales:

La suma de UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL COLONES a favor de la oficina de la Defensa Civil de la Víctima.

En cuanto a la suma de siete millones doscientos mil c olones acordados, deberá la demandada civil depositarlos dentro del plazo de quince días a partir de la firmeza de este fallo, caso contrario deberán las partes acudir a la vía civil en defensa de sus intereses.

Se declara sin lugar la acción civil resarcitoria planteada por M.T. en contra de la demandada civil K..

En cuanto a esta acción civil, se resuelve sin especial condenatoria en costas por existir razón plausible para litigar.

Firme la sentencia, inscríbase en el Registro Judicial y envíense los testimonios de estilo para ante el Juzgado de Ejecución de la Pena, Instituto Nacional de Criminología y Oficina de Información Penitenciaria para lo que corresponda . Por ser la condenada K. abogada y notaria pública, se ordena una vez firme esta decisión , remitir copia certificada de la misma al Colegio de Abogados y a la Dirección General de Notariado, para lo que corresponda. PRISIÓN PREVENTIVA: Se ordena la prisión preventiva de K.

, por un período de seis meses, contados a partir del treinta de enero de dos mil doce y hasta el treinta de julio de dos mil doce, pues en criterio de l a s suscritas, al decreto de la sentencia condenatoria se suma el interés de sujetarla al proceso, a efecto de que descuente la pena impuesta, dado que es un deber de los Tribunales de Justicia velar para que las sentencias impuestas sean efectivamente cumplidas y, l a condenad a no se sustraiga a la ejecución de lo aquí dispuesto. SOBRE LA FALSEDAD INSTRUMENTAL: De conformidad con lo estipulado en el artículo 48 3 del Código Procesal Penal, se declara la falsedad instrumental de las siguientes escrituras , testimonios y certificados de declaración de matrimonio civil , de la Provincia de San José, confeccionadas por la notaria K. y todos los actos que de ellas dependan: A.- Protocolo número I : 1) escritura número 62-1 de las 17:00 horas del 12 de febrero de 2004, correspondiente a l matrimonio entre C. y A.. Se ordena la cancelación de l a inscripción visible a l tomo 450, folio 079, asiento 157. B.- Protocolo número II: 2) escritura número 127 de las 10:00 horas del 23 de setiembre de 2005, correspondiente a S. y C.E.. Se ordena la cancelación de l a inscripción visible a l tomo 467, folio 432, asiento 864. 3) testimonio de la escritura número 225 de las 12:00 horas del 24 de enero de 2006 entre A.P. y J.Z.. Se ordena la cancelación de l a inscripción visible a tomo 472, folio 315, asiento 630. 4) escritura 298 de las 09:15 horas del 3 de marzo de 2006 entre J. R.y H. T..

Se ordena la cancelación de l a inscripción visible a tomo 475, folio 442, asiento 884. 5 ) escritura 339 de las 12:00 horas del 30 de marzo de 2006, realizado entre A.C. y Jo.. Se ordena la cancelación de l a inscripción visible a tomo 474, folio 041, asiento 081. 6) Certificación de declaración de matrimonio civil número 373958, en trámite de inscripción, correspondiente a los contrayentes J. y J.C..

7) Certificación de declaración de matrimonio civil número 0198837, anulado por el Registro Civil, correspondiente a los contrayentes M. y T. J. y los asientos registrales que hubiere generado. C.- Protocolo número III : 8) escritura 48 de las 14 horas del 15 de mayo de 2006 matrimonio entre J. M.y K. Y.. Se ordena la cancelación del asiento visible a tomo 477, folio 274, asiento 548. 9) escritura 98 de las 13:50 horas del 8 de junio de 2006 entre Y.M. y J.O.. Se ordena la cancelación de l a inscripción visible a tomo 475, folio 447, asiento 894. 10) Escritura 93 de las 13:50 horas del 8 de junio de 2006. Se ordena la cancelación de l a inscripción visible al tomo 475, folio 449, asiento 897, matrimonio entre A.V. y M.P..

11) Escritura 96 bis de las 14:45 horas de 8 de junio de 2006, relacionado al matrimonio entre N. y O.. Se ordena la cancelación de l a inscripción visible al tomo 475, folio 449, asiento 898. 12) Escritura 99 de las 15:50 horas del 8 de junio de 2006, relacionado con el matrimonio entre Y.G. y Y.M..

Se ordena la cancelación de l a inscripción visible al tomo 475, folio 446, asiento 892. 13) Escritura 101 de las 17:00 horas del 8 de junio de 2006, relacionado con el matrimonio entre K.E. y M.S.S. ordena la cancelación de l a inscripción visible al tomo 476, folio 102, asiento 203. 14) Escritura 104 de las 18:00 horas del 8 de junio de 2006, relacionado con el matrimonio entre S.M. e I.F..

Se ordena la cancelación de l a inscripción visible al tomo 476, folio 103, asiento 105. 15) Escritura 108 de las 19:00 horas del 8 de junio de 2006, relacionado con el matrimonio entre M.A. y S. A..

Se ordena la cancelación de l a inscripción visible al tomo 475, folio 451, asiento 902. 16) Escritura 176 de las 15:45 horas del 11 de julio de 2006, relacionado con el matrimonio entre E. S. y Y. B..

Se ordena la cancelación de l a inscripción visible al tomo 477, folio 350, asiento 300. 17) Escritura 177 de las 16:00 horas del 11 de julio de 2006, relacionado con el matrimonio entre H.S. y V..

Se ordena la cancelación de l a inscripción visible al tomo 480, folio 142, asiento 284. 18) Escritura 172 de las 13:30 horas del 11 de julio de 2006, relacionado con el matrimonio entre I. y J.G..

Se ordena la cancelación de l a inscripción visible al tomo 477, folio 148, asiento 295. 19) Escritura 173 de las 14:00 horas del 11 de julio de 2006, relacionado con el matrimonio entre Y. y J.B..

Se ordena la cancelación de l a inscripción visible al tomo 477, folio 127, asiento 253. 20) Escritura 131 de las 11:00 horas del 22 de junio de 2006, relacionado con el matrimonio entre I.V. y E.O. Se ordena la cancelación de l a inscripción visible al tomo 477, folio 175, asiento 350. 21) Escritura 133 de las 12:00 horas del 22 de junio de 2006, relacionado con el matrimonio entre M.H. y Y.P..

Se ordena la cancelación de l a inscripción visible al tomo 478, folio 019, asiento 037. 22) Escritura 139 de las 14:00 horas del 23 de junio de 2006, relacionado con el matrimonio entre P. y K. L..

Se ordena la cancelación de l a inscripción visible al tomo 478, folio 014, asiento 028. 23) Escritura 136 de las 09:00 horas del 23 de junio de 2006, relacionado con el matrimonio entre Y. A. y J.G..

Se ordena la cancelación de l a inscripción visible al tomo 477, folio 459, asiento 918. 24) Escritura 128 de las 15:00 horas del 21 de junio de 2006, relacionado con el matrimonio entre J.A. y E.M..

Se ordena la cancelación de l a inscripción visible al tomo 478, folio 019, asiento 038. 25) Escritura 189 de las 12:00 horas del 24 de julio de 2006, relacionado con el matrimonio entre K.O. y A.R..

Se ordena la cancelación de l a inscripción visible al tomo 478, folio 071, asiento 142. 26) Escritura 145 de las 09:00 horas del 26 de junio de 2006, relacionado con el matrimonio...

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