Sentencia nº 00373 de Tribunal de Casación Penal de San José, de 25 de Marzo de 2011

PonenteSandra Eugenia Zúñiga Morales
Fecha de Resolución25 de Marzo de 2011
EmisorTribunal de Casación Penal de San José
Número de Referencia07-020121-0042-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoPrórroga de prisión preventiva

PODERJUDICIAL

TRIBUNALDE CASACIÓN PENAL

Resolución: 2011-0373

Expediente: 07-020121-0042-PE (5)

TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL.Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las catorce horas cincuenta y cinco minutos del veinticinco de marzo de dosmil once.

Vistas las presentes diligencias, este tribunal resuelve:

Redacta la Jueza de C.Z.M.; y,

CONSIDERANDO:

I.-

El Msc. J.L.J.C., de la Fiscalía Especializada de Delitos contra la Vida y la Integridad Física, en escrito presentado a este despacho el 25 de marzo del año en curso, solicitan una prórroga del plazo de prisión preventiva impuesta al encartado P, por dos meses más a partir del 28 de marzo de 2011.

II.-

Mediante comunicación recibida en este Tribunal mediante el Oficio Nº 996-20109, de fecha 26 de marzo de 2010, enviada por el Secretario de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, M.Z.F., y como consta adjunto en la solicitud de prisión formulada por el accionante), la Sala Tercer resolvió mediante el voto número 242-2010, de las 15:10 horas del 6 de abril de 2010, literalmente lo siguiente: “Por unanimidad se declara con lugar el recurso de casación interpuesto por la Oficina de Defensa Civil de las Víctimas del Ministerio Público y se fija la suma por concepto de costas personales que debe pagar el demandado civil P.a la Oficina impugnante, en doscientos mil colones. Por mayoría se declara con lugar el tercer motivo del recurso de casación de la licenciada G.N.M., defensora de P. Se recalifican los hechos relacionados con la colisión y muerte de las víctimas D, R, N.y de las lesiones de M. y Á.y se declara a P.autor de tres delitos de homicidio culposo y dos delitos de lesiones culposas en concurso ideal en perjuicio de las mismas, hechos que a su vez concursan materialmente con tres delitos de agresión con arma, condena ésta que se mantiene incólume. Se ordena el reenvío del proceso para que se realice una audiencia ante el Tribunal de Juicio, integrado por jueces distintos de los que han participado ya en este asunto, a fin de que se defina la pena a imponer según la calificación aquí definida. En todo lo demás, se declara sin lugar el recurso, así como sin lugar la impugnación del acusado P .En todo lo demás, el fallo permanece incólume. Los Magistrados R.Q. y C.S. salvan el voto y declaran sin lugar el recurso de la licenciada G.N. y del imputado en todos sus extremos. N..”A raíz de ese pronunciamiento, el Tribunal Penal del Juicio del Primer Circuito Judicial de San José...

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