Sentencia nº 00383 de Tribunal de Casación Penal de Cartago, de 22 de Diciembre de 2011

PonenteRonald Cortés Coto
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2011
EmisorTribunal de Casación Penal de Cartago
Número de Referencia11-005983-0345-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de casación

Exp: 11-005983-0345-PE

Tribunal de Casación Penal de Cartago. A las diez horas cuarenta y cinco minutos delveintidós de diciembre de dos mil once.

Recurso de casación interpuesto en la presente causa seguida contra M., […], por el delito de Desobediencia a la Autoridad, en perjuicio de La Autoridad Pública. Intervienen en la decisión del recurso, los jueces R.C.C., F.M.J.B. y G.S.P.. Se apersonaron en casación, los licenciados O.M. G. en calidad de defensor público del encausado y J.M.M. representante del Ministerio Público.

Resultando

  1. Que mediante sentencia No. 630-11 de las veintidós horas veinticinco minutos del seis de octubre de dos mil once, el Tribunal de Juicio de Cartago sección Flagrancia, resolvió: "POR TANTO: De conformidad con lo expuesto, artículos 39 y 41 de la Constitución Política; 373, 374, 375 el Código Procesal Penal; 1 a 30 71 213 incisos 2 y 3 del Código Penal, se declara a, se declara a M. autor responsable del delito de DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD, cometido en perjuicio de M.I. y consecuentemente se le impone la pena de cinco meses de prisión. Pena que deberá descontar previo abono de la preventiva sufrida en el lugar y forma que determinen los reglamentos carcelarios. De conformidad con el artículo 63 del Código Penal se revoca el beneficio de Ejecución Condicional de la Pena que se le había impuesto en la causa 10-0001742-0345-PE. La sentencia una vez firme, se inscribirá en el Registro Judicial y se expedirán los testimonios de estilo al Juzgado de Ejecución de la Pena y al Instituto Nacional de Criminología.- Se le condena al pago de las costas del proceso. Se ordena prisión preventiva por el termino de seis meses es decir del 06-10-2011 y hasta el 06-04-2012 Quedan las partes notificadas en el acto de forma oral. M.. D.I.R.R.Juez de Juicio.-

    " (sic)

  2. Que contra el anterior pronunciamiento,el licenciado O.M.G. interpuso el recurso de casación.

  3. Que verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 465 del Código ProcesalPenal, el Tribunal se planteó las cuestiones formuladas en el recurso.

  4. Que en los procedimientos se han observado las prescripcioneslegales pertinentes.

    R. elJ.C.C., y;

    Considerando:

    I- El recurso de casación reúne los requisitos establecidos por los numerales 437, 458,460 a 462 del Código Procesal Penal por lo que se entra a conocer de sus motivos.

    II- En su único motivo del recurso, el defensor público del imputado M., Licenciado O.M.G., alega violación...

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